13 abr. 2026

Tras alegatos finales, JEM se alista para definir la destitución de Said

El agente fiscal fue acusado de inacción y desprolijidades en causa que tiene desde hace tiempo y que guarda relación con una investigación en Puertos. Destitución se define la próxima semana.

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Sesión. Los miembros del JEM resolverán la próxima semana la causa de Luis Said.

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En medio de una nueva indignación, en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) el fiscal acusador, Celso Ayala, leyó los alegatos finales y solicita la destitución del fiscal Luis Said. Seguidamente, la presidenta del JEM, Alicia Pucheta, dictó autos para sentencia y, de esta forma, la próxima semana se concluirá el juicio.
Por su parte, el fiscal Said se ausentó y mediante una nota explicó que coincidía con el inicio de un juicio oral de un caso que le fue asignado sobre tenencia de estupefacientes. En la misiva pidió que se tenga en cuenta la contestación presentada en abril, además, de la absolución “por no haberse probado el supuesto mal desempeño de funciones conforme a las pruebas”.

El fiscal es acusado por inacción en una denuncia presentada por el senador y ex miembro del JEM, Ramón Retamozo, cuando era titular de la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) contra el perjuicio patrimonial al ente en el año 2018. No obstante, el fiscal Said no solamente llevaba esta causa, sino otras como la del hermano de Basilio Núñez, el ex gobernador de Presidente Hayes, Venancio Ñoño Núñez, quien fuera condenado recientemente a 11 años de cárcel, mediante la labor investigativa que hizo el fiscal.

El fiscal acusador, Celso Ayala, señaló que se le atribuyen dos hechos: Inacción y la falta de imputación.

A su vez, dividió cuatro periodos el primer hecho. “El primer periodo de siete meses de inactividad, el segundo periodo de seis meses de inactividad, el tercer periodo nueve meses de inactividad y el cuarto periodo de trece meses de inactividad. Estamos ante 35 meses en total de inactividad. Eso sería aproximadamente dos años y once meses, casi tres años de los cinco años que le cupo investigar”, citó. Ayala se refirió también al descargo de Said. “El acusado nos solicita la extinción del proceso por vencimiento de los 180 días del plazo”, dijo y mencionó que el 2 de agosto finaliza este plazo. En segundo lugar, señaló que Said solicita la nulidad del proceso por vicios en la intervención de un miembro en el auto de enjuiciamiento. Remarcó seguidamente que su enjuiciamiento tuvo siete votos coincidentes.

Inacción. Ayala señaló que Said en su descargo no habla o habla de falta de cooperación del ente denunciante, no habla de la complejidad de la causa por años investigados y la cantidad de documentales existentes. “Pero esta justificación para la inactividad en concreto, lejos de eximirlo de responsabilidad, lo confirma”, aseveró el fiscal acusador.

“La gravedad se ve reflejada en un supuesto daño patrimonial denunciado, que rondaría los G. 5.000 millones y que podría llegar a los USD 1.200.000 del patrimonio de todos los paraguayos. Casi cinco años de investigación con una inactividad marcada de cuanto menos 31 meses sin imputación”, resaltó.

“Por su condición de agente fiscal tenía el deber de actuar en estricto cumplimiento de la norma. A esto hay que sumarle que esta conducta fue voluntaria y consciente”, refirió al dar su veredicto de que la sanción de destitución es la “adecuada”. La Asociación de Fiscales emitió un tibio y escueto comunicado en el que señala que el gremio confía en que la decisión del JEM se basará en el respeto al fiscal.

Puntos de la acusación Supuesta inacción. En un supuesto daño patrimonial de G. 5.000 millones y que podría llegar a USD 1.200.000. Inactividad. De 31 meses sin imputación en la causa denunciada por el actual senador y miembro del JEM, Ramón Retamozo. 4 periodos. El primer periodo de siete meses, el segundo de seis meses, el tercer periodo de 9 meses y el cuarto periodo de 13 meses de inactividad. Contestación. Conforme a las constancias de autos, la acusación y la propia contestación del acusado, el fiscal acusador arriba la conclusión de que estos tres periodos de inactividad se (10:18) encuentran probados en juicio. Desprolijidad. En el impulso procesal, en relación a las notas remitidas por el fiscal y procesadas en el marco de la causa penal. En el marco del cuarto periodo. Sanción adecuada. Destitución.
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Nota del fiscal. Luis Said pidió su absolución y justificó su incomparecencia a la audiencia.

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