Esta convocatoria es para todas aquellas demandas contra el Estado que tengan sentencias firmes notificadas al MEF hasta el 31 de diciembre de 2023.
“El propósito de esta convocatoria es citar a todos los beneficiarios con resoluciones judiciales firmes y ejecutoriadas, que estén interesados en proponer a la institución la celebración de acuerdos que permitan generar ahorro al Estado y poner fin al conflicto”, señala la institución por medio de un comunicado.
La cartera económica dispuso que los montos a ser percibidos por cada acreedor, en el 2024, no excederán la suma de G. 4.000 millones durante el presente ejercicio fiscal, independientemente de que las acreencias provengan de obligaciones emanadas de resoluciones y sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas, dictadas en juicios diferentes.
Los interesados deberán presentar sus propuestas en Mesa Central de Entradas del MEF, ubicada en Presidente Franco casi Alberdi, de la ciudad de Asunción hasta el jueves 4 de julio.
Para el efecto, se asignará el formulario R- SJ01 que se encuentra disponible en el sitio de la web del Ministerio de Economía presentando un número de expediente SIME, a fin de iniciar su trámite.
En cuanto a la etapa de evaluación, el análisis detallado de las propuestas se realizará desde el viernes 5 al lunes 15 de julio. Los resultados preliminares serán publicados entre el martes 16 y el jueves 18 de julio, a través del portal institucional.
Para mayor información, se puede acceder al teléfono (021) 414-6213 o al correo electrónico code_sentenciasjudiciales@hacienda.gov.py
4.000 millones de guaraníes por cada acreedor es el tope de pago dispuesto por el MEF para llegar a acuerdos durante este año.
A)
Formulario R-SJ01 «Presentación de propuesta de acuerdo de pago de obligaciones – Sentencias y resoluciones judiciales firmes contra el Estado paraguayo», debidamente completado. Se podrá acceder a dicho formulario en el portal institucional del MEF, apartado CODE ingresando al portal de la institución.
B)
Copia de la resolución judicial, firme y ejecutoriada, que contenga el monto liquidado judicialmente (opcional).
Los acreedores interesados deberán presentar dentro del plazo previsto (fenece el 04/07/2024)
Fuente: MEF