El senador por el Partido Encuentro Nacional dijo que esto permitirá que los vehículos de aquellos conductores que circulan desde hace algún tiempo con chapas provisorias, no sean retenidos por los organismos de control hasta que se cumpla este plazo.
“Mañana (martes) pediré al Ejecutivo, que modifique y postergue la vigencia de 60 días del vencimiento de las chapas provisorias para que todos aquellos que circulan con chapas vencidas puedan registrarse con la chapa definitiva dentro de ese plazo”, adelantó el parlamentario a ULTIMAHORA.COM.
El decreto 2.1674/98 que reglamenta la Ley 608, establece en su artículo 24 que el plazo de vencimiento de las chapas provisorias expedida por el Registro Único del Automotor es de 15 días.
Petta indicó que el Ejecutivo tiene la potestad de modificar el decreto. Dijo que de esta manera también se exige a los organismos de control a que hagan respetar el cumplimiento de la ley, que ya está vigente. “Solicitaremos una declaración que ratifique esta posición”, agregó.
“Cumplido este plazo de 60 días, los vehículos que circulen con chapas provisorias deberán salir de circulación. Igualmente los controles a vehículos con chapa se deben hacer todos los días ya que unos 15 mil rodados con placas no tienen cédula verde y deben ser remitidos a Aduanas”, apuntó el senador.
La modificación de la Ley 5.236, que modifica artículos de la Ley 608/95, establece que el Registro del Automotor entregará las chapas definitivas en el momento del ingreso del testimonio de la escritura para su matriculación.
En el caso de las motocicletas, la entrega de la chapa definitiva se realiza automáticamente tras presentar unas planillas que se entrega durante la compra. Por su parte, los automóviles recibirán la placa definitiva en un plazo no mayor a 20 días desde la compra.