25 ene. 2026

Senado se ratifica en prohibición de especulación con precios de medicamentos

Los senadores se ratificaron en su sanción inicial sobre el proyecto que prohíbe y sanciona la especulación con precios de productos de prevención y tratamiento de enfermedades epidémicas. Además, rechazó el proyecto que controla los precios de la canasta básica.

Foto: Pixabay

La Cámara de Senadores se ratificó en la versión original de la normativa que pretende evitar el alza artificial de precios, acaparamientos y publicidad engañosa de productos de prevención y tratamiento en caso de enfermedades epidémicas.

El documento establece como autoridad de aplicación la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), la cual coordinará con el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y el Banco Central del Paraguay (BCP) las acciones que garanticen el cumplimiento de la normativa, debiendo, además, percibir las multas establecidas por esta.

Asimismo, señala que la Sedeco deberá monitorear los precios de los productos que el Ministerio de Salud establezca como productos que prevengan y traten las enfermedades epidémicas, comparando los precios promedio de los doce meses anteriores a la ocurrencia de la epidemia.

Se certificará el alza artificial cuando el incremento sea en términos reales superior al 10%. En tanto, el precio de venta de los productos de prevención y tratamiento de las enfermedades epidémicas no podrá ser superior al precio promedio de venta del mes anterior al alza artificial en términos reales de la moneda.

Nota relacionada: Aprueban proyecto que prohíbe especulación de precios ante epidemias

Todos los productos de prevención y tratamiento de enfermedades epidémicas estarán bajo control del MIC respecto a las mercaderías en general, mientras que la cartera sanitaria se centrará en los medicamentos. Ambas instituciones establecerán el procedimiento de adquisición, almacenamiento y venta de los productos, de forma que el consumidor final pueda adquirir como máximo la cantidad necesaria de cada producto para el uso o consumo de su hogar durante un mes.

También se prohíbe la publicidad engañosa, la publicidad que genere e incite pánico para provocar un mayor consumo o la publicidad que incite a una compra desmedida.

Las modificaciones de forma hechas por la Cámara de Diputados se realizaron conforme a las sugerencias recibidas del Ministerio de Industria y Comercio (MIC) para una mejor aplicabilidad de la norma por parte de la institución encargada. La Cámara Baja volverá a analizar la normativa.

Rechazo a control de precios de la canasta básica

Durante la sesión ordinaria también se estudió el proyecto que establece el control de precios de la canasta básica de alimentos y de los productos sanitarios de uso personal y doméstico en todo el territorio nacional. El documento fue rechazado.

La mayoría de los senadores convino en que la normativa se encuentra desfasada ya que no se volvieron a denunciar alzas de precios de la canasta básica. Además, se argumentó que la misma atenta contra el libre comercio.

Esta perspectiva trajo un debate con el sector del Frente Guasu, que abogó por la aprobación. Los senadores de la izquierda coincidieron en la necesidad de controlar los precios máximos del mercado ya que aún continúa la crisis económica.

El senador Hugo Richer criticó que el documento no tenga vía libre por tratarse de un proyecto socialista. La normativa vuelve a la Cámara de Diputados.

Ambos proyectos fueron impulsados debido a la escasez de productos, el aumento de precios y a la compra desmedida de ciertos insumos médicos y alimenticios en el inicio de la pandemia del coronavirus.

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