En la tercera reunión del Conasam, que fue el pasado miércoles, el sector empresarial presentó un informe técnico, cuyos datos prefirió no revelar en medio de las negociaciones, que refuta punto por punto los reclamos planteados por las centrales obreras, entre ellas el aumento del 20% porque carece de “cifras verificables”, indicó Vidal.
El vocero del sector empresarial explicó que el pedido de las centrales obreras carece de un estudio sustentable e íntegro que demuestre el origen de los cálculos del informe técnico elaborado por el economista Raúl Monte Domecq.
Cuestionó que el sector obrero pretende basar sus análisis en periodos históricos que se remontan al inicio de la era democrática en 1989. Añadió que los análisis formales deben concentrarse en el marco legal vigente dictado por la ley, aprobada en el año 2016, que estipula el uso del IPC para el reajuste del salario mínimo.
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“Hasta tanto ellos no presenten un estudio donde publiquen íntegramente de dónde salen todos esos datos y que sea sustentable. Entonces, nosotros vamos a tratar esos datos como cifras no verificables”, señaló.
El análisis elaborado por el Centro de Estudios Económicos de la Unión Industrial Paraguaya (UIP) contiene diversos indicadores financieros que contradicen la magnitud de la pérdida del poder adquisitivo del salario mínimo argumentada por el sector obrero, dijo Vidal. Señaló que el promedio de ajuste salarial durante los últimos 7 a 10 años se ubicó en un 4,8%.
Un no rotundo al “acuerdo político”
Atendiendo que las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) están a favor de un ajuste salarial por encima del IPC y acompañan el pedido de las centrales obreras, que claman un pacto político con el sector empresarial, Vidal se posicionó nuevamente en contra de esta propuesta.
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“Ellos están hablando de un acuerdo político y acá no hay posibilidades de un acuerdo político. Acá por ley nosotros tenemos que hacer lo que tenemos que hacer”, enfatizó.
Con relación al sistema de votación dentro de Conasam –con representación tripartita integrada por el Gobierno, los trabajadores y los empresarios–, el vocero recordó que las resoluciones se pueden adoptar por mayoría simple de dos votos para su posterior elevación de la propuesta de la suba salarial al Poder Ejecutivo.
Sin embargo, advirtió sobre las implicancias legales de aprobar un incremento que no se ajuste estrictamente a lo establecido en la legislación vigente teniendo como base el IPC.
“Cualquier extralimitación a lo que dice la ley, en el futuro, una recomendación de ese tipo, tiene riesgo de ser nulo, por vicio de incompetencia”, señaló.
En la última reunión de Conasam, se decidió que para el 15 de junio ya se debe contar con un acuerdo sobre el aumento para derivar al Poder Ejecutivo. Atendiendo que el IPC hasta abril es de solo 2,3%, si hoy se reajustara el salario mínimo, el incremento solo sería de G. 66.678, por lo que el monto pasaría de G. 2.899.048 a G. 2.965.726.