18 may. 2025

Ríos: Medida es para importar sin registro y no para comercializar

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Proyecto. Ríos analiza el derecho a la libre concurrencia.

La firma LA Business SA, de Ciudad del Este, fue beneficiada con una medida cautelar por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para la importación de alimentos sin que tenga registro sanitario.
La medida fue otorgada en febrero pasado y está en el epicentro de las críticas de varios gremios empresariales, como la Cámara Paraguaya de Supermercados (Capasu), el Centro de Importadores del Paraguay (CIP), la Unión Industrial del Paraguay (UIP), entre otros, ya que la medida estaría generando una competencia desleal con la industria nacional, además de arriesgar la salud de la población.

Corte. Víctor Ríos, ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y uno de los firmantes de la medida cautelar, afirmó que la postura de la Corte es muy clara en el sentido de que solo autorizaron la importación, no así la comercialización.

“Si alguien confunde comercialización en el mercado interno con importación es un problema conceptual grave que no es responsabilidad de la Corte. Lo que decimos es que las empresas podrán hacer la importación, pero para poder comercializar en el mercado interno, tienen que cumplir con todos los requisitos para eso están entidades como Dinavisa que mantiene intactas sus facultades de control para proteger a la ciudadanía”, explicó.

Insistió en que todas las empresas y productos deben respetar el mismo régimen y las mismas reglamentaciones vigentes para la comercialización en el mercado interno.

“Nosotros entendemos que hay un problema de lectura por la cual no se lee bien la medida cautelar o directamente es una excusa para permitir que estas situaciones irregulares para luego responsabilizar a la Corte”, respondió.

A favor de la medida. Ríos señaló que en esta situación la gran discusión es que existe una violación del derecho constitucional a la libre competencia por lo que la medida cautelar se invoca debido a la presunción que se está violando el derecho constitucional a la libre concurrencia. “Nosotros somos un país capitalista que se rige en el Estado social de mercado cuyo elemento central neurálgico es la libre concurrencia. Cuando un actor económico plantea y, al mismo tiempo, solicita una medida cautelar porque dicen ‘mi derecho constitucional sufre un agravio, consideramos que corresponde emitir la medida cautelar para después, con el tiempo debido estudiar el fondo de la cuestión y luego decidir si tiene razón o no el accionar. La medida cautelar otorgada no quiere decir que la solución de fondo sea al tratamiento de la empresa que promovió la acción de inconstitucionalidad”, explicó.

Sobre cuándo se resolvería el fondo de la cuestión, afirmó que es una discusión que tienen entre los tres ministros de la Sala, por lo que no puede vaticinar un tiempo o plazo en el cual se determinaría.

Si alguien confunde comercialización en el mercado con importación es un problema conceptual grave. Víctor Ríos, ministro de la CSJ.

La Cifra
8 meses pasaron desde que la Corte otorgó la medida cautelar a LA Business. Se espera por la resolución definitiva.

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