Esto, fue cuando la presidenta del Tribunal le dio la oportunidad a Ramón de decir unas últimas palabras y este tenía en sus manos una copia de su inscripción como prestamista ante Tributación (SET).
Sin embargo, los jueces no aceptaron el documento, ya que explicaron que el periodo de pruebas ya concluyó.
“Ramón González está inscripto y tributa como prestamista es una categoría habilitada por la SET. Prestar dinero es una actividad legal, la usura es una figura prevista que castiga el abuso en los intereses por sobre lo establecido en el BCP. La Fiscalía y la querella hicieron un debate sobre eso”, explicó el abogado Mario Elizeche Baudo.
Detalló que el Tribunal tenía facultad de aceptar el documento, como prueba para mejor proveer. Sobre el punto, el abogado defensor remarcó que los jueces ya tenían su criterio formado.
La condena fue porque RGD denunció falsamente a la víctima, por supuestamente estafa, pese a que ya había saldado la deuda.