12 abr. 2026

Reglamentan norma para las vacaciones

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) reglamentó, mediante la Resolución N° 1290/2024, el otorgamiento de vacaciones para los trabajadores del sector privado, cuyas relaciones laborales se rigen por el Código Laboral.

Uno de los aspectos destacados de esta normativa es el fraccionamiento de las vacaciones, disponible a solicitud del trabajador.

La normativa permite dividir las vacaciones exclusivamente a pedido del trabajador, siempre que no sea inferior a seis días hábiles consecutivos. Este fraccionamiento no implica la renuncia al tiempo restante de vacaciones, sino que se basa en un acuerdo entre las partes, considerando el consentimiento del trabajador y las necesidades operativas del empleador.

De acuerdo con la normativa, el trabajador adquiere el derecho a disfrutar de sus vacaciones al cumplir un año de antigüedad en la empresa. La duración de las vacaciones se establece según los siguientes tramos: hasta 5 años de antigüedad: 12 días hábiles consecutivos; entre 5 y 10 años de antigüedad: 18 días hábiles consecutivos; más de 10 años de antigüedad: 30 días hábiles consecutivos.

Las vacaciones deben iniciar un día lunes o el siguiente día hábil si el lunes fuera feriado, y deben ser otorgadas dentro de los seis meses posteriores a que el trabajador las haya causado.

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