La Resolución 248/13 indica, además, que se promocionará en los rótulos de dichos productos el uso de la “información nutricional complementaria” relativa a la reducción de sodio o a la ausencia de sal/sodio, según norma vigente.
Se establece un plazo de 60 días para el cumplimiento de la resolución. A partir de entonces, el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) realizará controles periódicos para constatar el cumplimiento.
La resolución considera lo reconocido por las Naciones Unidas: “la carga y amenaza de las enfermedades no transmisibles como uno de los principales obstáculos para el desarrollo en el siglo XXI”.
La meta OMS (Organización Mundial de la Salud) para el 2020 es lograr un consumo menor a 5 gramos de sal por persona/día (equivalente a 2.000 mg sodio), informó el Ministerio de Salud.
La medida busca reducir los efectos de la hipertensión, ya que la misma, si no es controlada, es la principal causante de enfermedades cardiovasculares, en particular, infartos de miocardio y accidentes cerebrovasculares, además de insuficiencia renal, ceguera, vasculopatía periférica e insuficiencia cardiaca.