31 oct 2026

Rechazan recurso contra adelantamiento de acusación contra exfiscal

El juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, rechazó el recurso de la defensa del exfiscal de Emboscada, Bernardo Javier Elizaur Aguirre, contra la admisión de la acusación, pese a su presentación adelantada, frustrando la presentación de una prueba pericial. Concedió el recurso de apelación subsidiaria.

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Rechazo. El exfiscal Bernardo Elizaur junto con su abogado Raúl Páez.

Foto: Archivo.

El exagente del Ministerio Público fue acusado por presunto cohecho pasivo agravado, junto con la exauxiliar Lilian Andrea Florenciano Alfonso, el pasado 9 de octubre, cuando que la fecha fijada por el juzgado era del 13 de este mes.

El 13 de octubre, el magistrado tuvo por presentada la acusación y convocó para la audiencia preliminar para el 28 de octubre a las 08:30 horas. Sin embargo, el abogado Raúl Páez, en representación del procesado, apeló la resolución ante el mismo juez.

Según explica la defensa, el fiscal planteó su acusación el 9 de octubre, cuando la fecha era el 13 del mismo mes, con lo que frustró la posibilidad de la defensa de presentar una prueba pericial que se estaba realizando con su perito.

En su recurso, manifestó que con dificultades accedieron ya en forma tardía a los mensajes sacados de la mensajería instantánea WhatsApp, que aún estaba pendiente las conclusiones del perito de la defensa Rafael Barrios Falcón.

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“La extracción discontinua e intermitente de los datos, sin presencia del perito de la Defensa, es un acto atentatorio grave contra el derecho al defensa constitucionalmente protegido”, sostuvo.

“El Ministerio Público, gozó de un plazo razonable y prorrogado habiéndosele entregado los equipos informáticos para la extracción a su perito designado, sin embargo, esta no fue la misma condición otorgada a nuestro perito”, refirió.

“En el caso en particular existía una prueba pericial pendiente de realización por parte de esta defensa, que era de suma importancia para la suerte del proceso, y cerrando anticipadamente la etapa preparatoria el fiscal sin dar oportunidad también a solicitar nuevas diligencias en base a la información obtenida de la extracción de datos y la de diligenciar la prueba que fuera admitida por el propio Juzgado de Garantías”, acotó.

Incluso, que el pasado 12 de octubre el juzgado rechazó el pedido de entregar los aparatos telefónicos para realizar la pericia con el argumento de que el perito de la fiscalía ya realizó el trabajo de extracción de datos.

Con ello, solicitó anular la resolución y sanear lo realizado, y en consecuencia, se ordene el sobreseimiento definitivo del encausado.

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Por su parte, la fiscalía requirió el rechazo del recurso, ya que lo que se fijó es la fecha límite para presentar su requerimiento conclusivo, que el plazo no es común, en atención a que la defensa no realiza ningún acto procesal al finalizar la investigación.

Ya en el análisis del juez, señala que la presentación anticipada de la acusación no vulneró el derecho de defensa, ya que el procedimiento se inició en octubre de 2025 y la defensa dispuso de aproximadamente un año para ejercer sus facultades durante la etapa preparatoria, sumado a que no se demostró ningún perjuicio en concreto.

Al final, dice que no se vulneró el derecho a la defensa, y que en la audiencia preliminar puede controlar todos lo actuado por parte del Ministerio Público.

Con estos argumentos, el juez rechazó la reposición, el magistrado remitió el expediente a la Cámara de Apelación para el estudio de la apelación subsidiaria.

En el caso, el exfiscal de Emboscada Bernardo Javier Elizaur Aguirre y su exauxiliar Lilian Andrea Florenciano Alfonso, fueron acusados por supuestamente solicitar una coima a cambio de beneficiar con una salida procesal a un procesado por lesión grave.

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