05 oct. 2025

Queda firme absolución de procesado por fabricar cannabis medicinal

La Sala Penal de la Corte dejó firme el fallo que absolvió a Édgar Martínez Sacoman, quien había sido procesado porque fabricaba aceite de cannabis en forma artesanal con fines medicinales. Estuvo con arresto domiciliario más de cinco años.

Edgar Martínez Sacoman.jpeg

Juicio oral. Édgar Martínez Sacoman (centro) se sometió a tres juicios orales hasta que finalmente fue absuelto.

Foto: Archivo ÚH.

Fue fallo dividido de los ministros María Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, que declararon inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por el entonces fiscal Antidrogas, Osmar Segovia.

El agente del Ministerio Público había recurrido la resolución del 13 de setiembre del 2022, del Tribunal de Apelación Penal del Alto Paraná.

Esta resolución, a su vez, confirmó la sentencia del 6 de mayo del 2022, dictada en el juicio oral por los jueces Serafín González, Fabio Aguilar y Vitalia Duarte, que resuelve, en forma unánime, la absolución del encausado.

La causa

Martínez Sacoman fue detenido en julio del 2016 durante un allanamiento realizado en su vivienda. Enfrentó dos juicios en los que fue condenado por la producción de aceite de cannabis y permaneció con arresto domiciliario por cinco años y nueve meses.

En su primer juzgamiento, en el 2017, lo condenaron a dos años de pena privativa de libertad. Luego esta resolución fue anulada. En el segundo juicio oral, en octubre de 2019, la pena se elevó a cinco años de prisión.

Sin embargo, esta resolución también se anuló por lo que se realizó el tercer juicio oral, donde finalmente fue absuelto de culpa y reproche.

Lea más: Édgar Martínez Sacoman es absuelto en tercer juicio por caso de aceite de cannabis

En el caso, la Ley 6007/2017 se promulgó semanas después del primer juicio, que hablaba del uso medicinal de la droga. Justamente, esta ley fue invocada por el Tribunal, crea el programa nacional para el estudio y la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados. Esta obliga a la investigación del uso medicinal de la marihuana y permite el tratamiento con el aceite del cannabis.

En el juicio oral, la Fiscalía había requerido 5 años y 9 meses de prisión, mientras que el defensor, abogado Guillermo Ferreiro, requirió la absolución. Los jueces admitieron la tesis defensiva. Esto fue apelado y los camaristas confirmaron la resolución.

El recurso de casación

El fiscal Osmar Segovia planteó recurso extraordinario de casación contra la resolución de los camaristas. Sostuvo que el fallo es contradictorio y que no se fundó en forma debida la resolución. Dijo que existe una interpretación errónea de la ley.

El fiscal argumenta que el Tribunal de Apelaciones dice que, para los jueces, quedó probada la tenencia de sustancias prohibidas, pero también se demostró que “las sustancias eran para fines terapéuticos y humanitarios mediante la elaboración de aceite de cannabis y no para el tráfico ilegal, puesto que se encontraba en su estado natural, no picada ni prensada ni embalada de tal manera que pudiera sr consumida y comercializada”.

Dice que lo jueces absolvieron erróneamente al procesado, y pide la nulidad del fallo, y del tribunal de Sentencia, con lo que requiere un reenvío de la causa.

Ya en el análisis, los ministros Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera votan por declarar inadmisible el recurso, ya que no cumplía con los requisitos formales.

Por su parte, Manuel Ramírez Candia entendió que se debe admitir el recurso para su estudio, ya que había fundado los puntos que consideraba incorrectos.

Al final, en mayoría, declararon inadmisible el recurso, con lo que la absolución queda firme.

Más contenido de esta sección
Uno de los presuntos sicarios –conductor de la motocicleta– fue identificado como Rogelio Lemuel Díaz Brítez (19), mientras que el presunto tirador es un menor de edad; ambos son de San Antonio.
La penitenciaría más crítica por el hacinamiento es Emboscada Antigua, con 1.700 privados de libertad que es el 400% sobre su capacidad. El viceministro Rubén Maciel apunta a la necesidad de descomprimir.
Efectivos policiales hicieron un rastreo del recorrido que alegaron haber realizado los ujieres de cinco juzgados que hoy están acusados. En un caso, un ujier puso que en un día notificó a cincuenta personas.
Por segunda vez, un Tribunal de Sentencia absolvió de culpa y reproche al médico Aurelio Espínola, a raíz de la muerte por supuesta negligencia del ex diputado Fernando Nicora a causa del Covid-19, en agosto del 2020, durante la pandemia.
El juez de Garantías Juan Antonio Ruiz Díaz Gamba le dio trámite de oposición al pedido de la fiscala Gladys Jiménez Ruiz, de desestimar la investigación contra el ex viceministro de Educación, Federico Mora, sobre supuesto abuso sexual en niños.
La jueza de Crimen Organizado Rosarito Montanía decretó la prisión preventiva de Alexandre Rodrigues Gomes, hijo del fallecido diputado Eulalio Gomes, en la causa sobre la presunta transferencia irregular de sus bienes. En la misma causa también están imputados una funcionaria de Registros Públicos y su ex abogado Óscar Luis Tuma.