El titular de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) confirmó a ÚH que el proyecto de ley con el que se pretende reglamentar el uso de las reservas facultativas o empresariales sigue en marcha y que una propuesta base ya fue entregada al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para evaluar los alcances y ultimar detalles.
En ese sentido, sostuvo que los posibles plazos de aplicación ya quedan en instancias de la cartera económica, que luego debe presentarlos al Congreso Nacional.
Si bien Orué sostuvo que aún no se puede dar a conocer lo que comprende específicamente el documento, recordó que el plan busca reglamentar el uso de las reservas, pero no prohibirlas.
Asimismo, aclaró que no implicará la creación o aumento de tasas o impuestos, ni significará un emplazamiento para las empresas.
Con respecto al mal uso de las reservas que se detectó por parte de algunas empresas, Orué sostuvo que las mismas ya se encuentran sujetas a un sumario y que van a tener derecho a su descargo.
En caso de que el sumario determine omisión, las empresas son pasibles de sanciones de hasta el 50% del tributo omitido, mientras que ante una eventual defraudación tributaria, la multa podría alcanzar hasta el 300% del monto defraudado, según habían explicado días atrás desde la DNIT.
Las inconsistencias en algunas empresas se habrían encontrado luego de la nueva disposición para que todos los contribuyentes del impuesto a la renta empresarial (IRE) obligados a presentar estados financieros tengan que ampliar su declaración.
En ese marco, los contribuyentes debían incluir toda la información detallada respecto a la composición y el destino de las utilidades y resultados acumulados, incluyendo los dividendos distribuidos, ganancias capitalizadas, reservas constituidas y los montos pendientes a distribuir.
Este cambio, por su lado, se dio pocos días después de que Orué haya anunciado que estaba preparando el proyecto de ley para reglamentar la utilización de las reservas facultativas, a fin de evitar que los empresarios eludan el pago del impuesto a los dividendos y a las utilidades (IDU).
Este tributo grava la distribución de los dividendos, utilidades y rendimientos cuando se pagan al dueño, al consorciado, al socio o a los accionistas, cuyas tasas son de 8% para los empresarios residentes y de 15% para los no residentes.
El director de Ingresos Tributarios había afirmado que algunas empresas ya utilizan de forma excesiva la figura de las reservas. Recordó que en el caso de la capitalización, los empresarios no pagan ningún tributo, mientras que mediante la distribución, el Fisco sí ya puede recaudar.
El anuncio se dio también en un escenario en el que el Gobierno se vio obligado a buscar nuevos mecanismos para incrementar las recaudaciones tributarias, debido a que estas comenzaron a caer o se registró una desaceleración en el crecimiento, presionando a las finanzas públicas, especialmente en un momento en que se necesitan más recursos para cubrir las obligaciones atrasadas, como las deudas con farmacéuticas y constructoras generando incluso dudas sobre el cumplimiento de la meta fiscal.
Desde el Colegio de Contadores del Paraguay advirtieron que la medida podría generar efectos negativos.
“Muchas empresas no cuentan con liquidez suficiente, aunque tengan recursos en sus balances, porque están destinando esos fondos a inversiones o provisiones para compras futuras”, explicó al respecto Alba Talavera.
La abogada y experta tributaria Nora Ruoti, por su lado, había señalado que obligar a las empresas a repartir sus ahorros sobrepasa las facultades de la entidad recaudadora y causa una invasión del derecho privado.
Sostuvo que con la medida se violarían varios artículos de la Constitución Nacional y que implicaría una injerencia en el ámbito del derecho societario, lo que terminaría afectando las decisiones internas de las firmas.
Alertó que su aplicación también causaría un debilitamiento de la inversión o la pérdida de confianza, mientras que advirtió que incluso se podrían presentar acciones de inconstitucionalidad.