Se trata del decreto 4145/25, que reglamenta el Capítulo IV de la ley 1328/1998 “De derecho de autor y derechos conexos”, y deroga el decreto 4212/2015.
La nueva normativa refuerza el marco legal para proteger los derechos de los autores, artistas e intérpretes, especialmente ante las reproducciones para uso privado.
El decreto establece un sistema de compensación económica a favor de los titulares de derechos por las reproducciones privadas de sus obras, realizadas mediante dispositivos de almacenamiento o reproducción digital.
A partir de esta normativa, se aplicará una tasa del 0,5% sobre el valor de ingreso al país de productos importados o sobre el valor de primera comercialización nacional para productos fabricados en Paraguay.
Esta medida afecta a dispositivos como teléfonos móviles, computadoras, televisores, tarjetas de memoria, entre otros.
El decreto regula específicamente la protección de videogramas, fonogramas y grabaciones sonoras, reconociendo el derecho de los titulares a participar en las compensaciones generadas por la reproducción para uso personal.
Los montos recaudados serán distribuidos como regalías para los socios y herederos de los derechos, pagos a artistas extranjeros, así como para fondos de ayuda cultural y programas de asistencia social.
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Peña se reunió con entidades que representan a los artistas que crean, interpretan y producen música en el país.
“Desde APA (Autores Paraguayos Asociados), AIE (Entidad Paraguaya de Artistas Intérpretes o Ejecutantes) y SGP (Sociedad de Gestión de Productores Fonográficos del Paraguay) agradecemos al presidente Santiago Peña y a su equipo por este espacio de diálogo abierto, donde pudimos compartir nuestras preocupaciones y conocer su mirada sobre temas clave como el régimen de turismo de compras. Valoramos la oportunidad de comprender mejor este proceso y los desafíos que conlleva”, manifestaron los gremios en conjunto.
El año pasado, Peña había firmado el decreto 2063 con el fin de “incentivar el turismo de compras” para extranjeros que no tienen domicilio en Paraguay y en su artículo 12 se reduce la tarifa de copia privada al 50%, que fue revertido con esta nueva medida legal.