José Peirano Basso estuvo preso cinco años, cuatro meses y veintidós días en el Uruguay, en la causa de la extradición del caso de Fondos Mutuos, a cargo de la jueza de Garantías Clara Ruiz Díaz. Con esto, la defensa pedirá la libertad ambulatoria del mismo.
Esto, según el informe remitido por la jueza Letrada Penal N° 23 de Montevideo, Uruguay, Isaura Tórtora Bof, quien señaló que por la citada causa el mismo cumplió prisión preventiva desde el 6 de agosto del 2002 hasta el 18 de diciembre del 2007. Además, desde el 20 de mayo al 29 de mayo de este año, cuando fue extraditado.
En el caso, la jueza Ruiz Díaz había requerido el tiempo de privación de libertad o arresto domiciliario cumplido por Peirano con respecto al pedido de extradición hecho por nuestro país, específicamente en caso de los Fondos Mutuos.
Según la jueza Tórtora Bof, el 8 de agosto del 2002, se dictó su detención, aunque había sido aprehendido el día 6 de agosto del 2002. Después, dice que por Resolución 844 del 28 de junio del 2006, se ordenó su arresto administrativo.
Alega que posteriormente, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Tercer Turno, por sentencia 692 del 31 de octubre del 2007, dispuso la constitución de una garantía de USD 250.000, y con otras medidas, se dispuso su libertad. Esto, se cumplió el 5 de noviembre del 2007. Fue excarcelado efectivamente el 18 de diciembre del 2007.
Con ello, señala la jueza: ”Por tanto, el señor José Peirano Basso cumplió prisión preventiva desde el 6 de agosto del 2002 al día 18 de diciembre del 2007”. Además, dice que fue detenido el 20 de mayo del 2023 hasta su entrega al Paraguay el 29 de mayo del 2023.
DELITO. En la causa a cargo de la jueza Ruiz Díaz, la extradición se concedió exclusivamente por el supuesto delito de lesión de confianza, cuya sanción prevista va desde los seis meses a los cinco años de pena privativa de libertad.
Con ello, prácticamente cumplió con exceso la pena, en caso de condena, salvo que sea calificado como agravado, en cuyo caso, la pena podría ir hasta 10 años de prisión.
Según el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, uno de los defensores de Peirano, con este informe solicitarán la libertad ambulatoria del mismo, por el cumplimiento en exceso inclusive de la pena mínima para el citado hecho punible.
Explicó que, de acuerdo con el artículo 19 de la Constitución, nadie puede estar privado de su libertad, con prisión preventiva, más tiempo de lo que es el de la pena mínima prevista para el delito por el cual está procesado.
Sin embargo, aún no llegó el informe de la misma magistrada uruguaya para el juez de Garantías 4, Raúl Florentín, que está a cargo del caso del Banco Alemán. El juzgador también había requerido vía exhorto, que se determinara el tiempo que estuvo preso por el pedido de extradición.
Duarte Cacavelos señaló que en este caso, José Peirano estuvo con arresto administrativo desde el 28 de julio del 2006 al 18 de diciembre del 2007, con lo que también cumplió la pena mínima por los delitos que se le procesaron.
Con ello, esperará que llegue el informe y también solicitará al juez la libertad por el cumplimiento de la pena mínima por los delitos por los que está imputado.