La abogada Alba Zaracho, al presentar sus alegatos, recordó que la presunción de inocencia rige en nuestro país, y que la falta de documentación es atribuible a la Universidad Sudamericana y no a Hernán Rivas, por lo que mal se le puede condenar por eso.
En la sesión anterior, la fiscala Patricia Sánchez, en sus alegatos finales solicitó aplicar la pena de 12 años de cárcel.
Además, sostuvo que hubo la investigación fiscal no fue completa ya que no se investigó respecto a los demás egresados, sobre las sedes, entre otros puntos que atacó.
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La defensora sostuvo el mismo era un concejal municipal, sin que tuviera un horario determinado, por lo que bien era posible que el mismo fuera a Ciudad del Este, que no era imposible de realizar, incluso en el mismo día, con lo que no se puede condenar producción de documentos no auténticos por ese motivo.
Además, recordó que en la entrevista presentada como prueba, el mismo Rivas reconoció que su estudio lo hizo en Ciudad del Este, no en Pedro Juan Caballero como sostuvo la Fiscalía.
Sin pruebas
Dijo que es el Ministerio Público el que debía probar que no se realizó el curso, cosa que no se hizo durante el juicio oral.
Incluso, sobre la inscripción de su título, dijo que varios de los testigos señalaron que el registro lo hizo en una hora en el Ministerio de Educación y Cultura. Aclaró que los mismos dijeron que el título se lo dieron en tres meses, pero la inscripción en una hora.
Argumentó también que la Fiscalía se podía constituir o allanar la Universidad Sudamericana para buscar esa documentación, pero no lo hizo, porque se afirma que no hay documentación por el transcurso del tiempo. Sin embargo, alegó que ese trabajo no se hizo, y no se puede determinar que efectivamente no había esa documentación.
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Indicó que se cuestionó a Hermann Weisensee porqué si en el 2020 había documentación por qué no se remitió a la Fiscalía. Afirmó que el primer pedido sobre la documentación se hizo luego de iniciarse la causa, el 19 de octubre del 2023, por lo que mal podría haberse enviado.
Cuestionó que la investigación fiscal. Alegó que la Universidad no está obligada a guardar registros de asistencia, planillas de materias, cuando eso no está exigido por la ley. Refirió que la legislación, te dice el plazo, pero no todos los documentos que deben guardarse.
Documentaciones
Citó la declaración de José Duarte Penayo, actual director del CONES, cuando se le consultó sobre las documentaciones que debía guardar la universidad, y que eso era parte de la autonomía universitaria, por lo que ellos deciden qué guardar y que no.
La defensora explicó que, posiblemente, si ahora se buscaban los registros universitarios de los presentes, posiblemente no habrá el registro específico de los estudiantes salvo lo que están en el certificado de estudios.
Citó a los testigos Guillermo Gauto, Ana Coronil, Ever Samaniego, que estudiaron en Ciudad del Este, dijeron que presentaron un trabajo final, lo que coincidía con las manifestaciones de Rivas sobre la tesis.
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Respecto al cierre de la carrera, aclaró que en el 2015 no se cerró la carrera, sino que se les permitió seguir a los que iban a terminar, y no se aceptaron nuevas matriculaciones.
En sus alegatos, sostuvo que el registro del MEC no era objeto del juicio porque son auténticos. Además, que el certificado de estudios y el título son originales, no podemos decir que no son auténticos, no se puede probar injerencia de Rivas en eso, y no se puede atribuir esa responsabilidad a su defendido.
Con respecto a la remisión por testimonio falso, de oficio porque la fiscalía puede hacerlo si considera que existen indicios de que cometieron algún hecho punible.
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También cuestionó otros puntos de la investigación fiscal, que criticó bastante respecto a lo probado. En otro punto, también señaló que el Tribunal tenía limitaciones sobre lo que se señaló el auto de apertura a juicio, donde estaban los tres hechos.
Sus alegatos iniciaron a las 9.30 horas, y esta tarde ya está prevista que se dicte un veredicto en horas de la tarde.