La cartera de Estado, luego del reajuste del salario mínimo dispuesto por el Poder Ejecutivo a partir de este mes de julio, mediante resoluciones firmadas por la ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, actualizó la cantidad de dinero que deben percibir los trabajadores de cada sector de la actividad económica del país.
También fueron actualizados los salarios de los trabajadores bajo las diversas modalidades contractuales, es decir, para los que prestan servicios mediante contrato de aprendiz, a tiempo parcial, a tiempo determinado, a tiempo parcial, jornal, y por práctica laboral.
Estas modalidades son facilitadas desde el Ministerio de Trabajo a través de formularios proforma y el servicio de guía y orientación para empleadores y trabajadores.
Especificaciones. Según la modalidad contractual, el salario mínimo establecido para la Práctica Laboral es de G. 1.373.595, correspondiente al 60% del Salario Mínimo Legal, por 6 horas de trabajo diarias.
En tanto que para Aprendiz, el salario mensual también correspondiente al 60% del mínimo, por lo que debe percibir G. 1.373.595, por 6 horas diarias trabajadas.
Para los jornaleros, se estableció un salario mínimo por día trabajado de G. 88.051 por 18 días trabajados, mientras que el total mensual debe ser de G. 1.584.918.
Para las actividades laborales a tiempo determinado, se estableció el 80% del salario mínimo bruto, por lo que corresponde cobrar al trabajador la suma de G. 1.831.459.
Finalmente, para los trabajos a tiempo parcial, el salario mínimo por hora es de G. 11.006 por 16 horas mínimas de trabajo, o sea G. 704.384, mientras que por 32 horas laborales, corresponde abonar al empleado la suma de G. 1.408.768.
Los trabajadores que tengan dudas pueden consultar al Centro de Atención del Mtess, llamando al (021) 7290-100 Int. 545; o al (0983) 396-112; y al (0962) 174-000 para WhatsApp.