07 feb. 2025

Los asegurados esperan horas para actualizar datos en el IPS

Desde el 1 de enero para agendar las consultas ya no servirá el carné familiar, sino únicamente la cédula de identidad. La desinformación genera inconvenientes para los usuarios que no saben qué documentos precisan.

Por Patricia Lima
lima@uhora.com.py
La falta de información clara hace que los asegurados que desean actualizar sus datos en el sistema informático del Instituto de Previsión Social (IPS) soporten numerosas penurias.
La gente se amontona en los pasillos desde las 4 de la madrugada para sacar turno y esperan hasta cuatro horas para completar el proceso de inscripción. Muchos tienen que volver más de una vez, porque les falta documentos. Otros se quejan porque –por el contrario– trajeron una carpeta llena de papeles y el funcionario sólo les pidió la fotocopia de cédula de identidad.
Existe mucha desinformación, según reconoció el licenciado Juan Álvarez, jefe de Identificaciones de la previsional. “La gente malinterpreta. Muchos piensan que solo hasta el 31 (de diciembre) nomás pueden asegurar a sus beneficiarios. Eso no es así. Nosotros vamos a seguir inscribiendo y trabajando normalmente para actualizar los datos todo el año próximo”, explicó Álvarez.

CÉDULA. Lo que establece la nueva resolución del ente previsional es que a partir del 1 de enero no se aceptará el antiguo carné familiar, sino únicamente la cédula. El cambio es para mejorar los controles y evitar que personas no aseguradas usufructúen el servicio.
Para ello, el número de cédula de identidad de los beneficiarios debe estar registrado en el sistema informático. “A partir de enero, la persona que no actualizó sus datos va a necesitar pasar por el sector de Identificaciones antes de consultar, pero igual va a ser atendida”, aclaró el funcionario. El único inconveniente podría surgir en caso de una urgencia, fuera del horario de oficina. Explicó que las dependencias de identificaciones seguirán recibiendo los documentos como hasta ahora, de 6 a 18, incluyendo domingos y feriados.
Otro punto importante de precisar es que los titulares que no tienen otra persona a su cargo no necesitan pasar por esta oficina, ya que su número de cédula figura automáticamente en el sistema. Sólo los datos de hijos, cónyuges y padres precisan actualizarse. La foto digital tampoco será un requisito indispensable para la atención. Los propios funcionarios recomiendan dejar ese trámite para otro momento.
Los asegurados pueden realizar sus consultas al teléfono 0800 11 5000, también en la sección de consulta del asegurado del sitio web de la previsional: “http://www.ips.gov.py “o en las pantallas interactivas ubicadas en el Hospital Central.

Dónde actualizar los datos de los beneficiarios del seguro
1. Caja Central (Constitución y Pettirossi). Primer Piso. De lunes a viernes, de 7.15 a 18.

2. Hospital Central de IPS (Santísimo Sacramento). Pabellón 1, al costado de la farmacia externa. Todos los días, incluso domingos, de 7.15 a 18.

3. En las clínicas periféricas de Luque, Ingavi, Nanawa y 12 de Junio. De lunes a viernes, de 7.15 a 19.

4. Agencias regionales de Ciudad del Este, Encarnación y Coronel Oviedo.

Documentos requeridos:
* En todos los casos se pide fotocopia de cédula de identidad del asegurado/a cotizante y del beneficiario, acompañada del documento original.
* Se pide además la presencia del asegurado cotizante para la firma y fotografía digital. Sin embargo, los encargados explicaron que estos dos requisitos “no son urgentes”. Sin foto, igual tendrán atención.
* En caso de que los datos de los familiares no figuren en el sistema informático, debe presentar los siguientes documentos:

Para incluir a padres (mayores de 60 años):
* Certificado de nacimiento original o fotocopia autenticada del hijo (asegurado cotizante)
* Constancia de Vida y Residencia de la Policía. (Donde mencione que el padre o la madre vive bajo el sustento del asegurado cotizante (hijo).

Para incluir a la esposa o concubina
* Certificado de matrimonio original (o fotocopia autenticada) o información sumaria de testigo ante un Juzgado 1ª Instancia donde consta la convivencia en pareja mínimo dos años.

Para incluir al esposo o concubino
* Certificado de matrimonio original o información sumaria de testigo ante un Juzgado 1ª Instancia, donde consta la convivencia en pareja mínimo dos años.
* Información sumaria de testigo ante un Juzgado 1ª Instancia, donde consta que el señor vive bajo
dependencia económica de la esposa o concubina.

Para incluir al hijo/a
* Certificado de nacimiento original o fotocopia autenticada.
* Resolución donde consta la incapacidad del hijo/a (en caso de que sea mayor incapacitado)