04 may. 2024

Lo condenaron a 12 años por robar una mochila; ahora le reducen pena

En juicio oral le habían hallado culpable de hurto agravado, pero en el Tribunal de Alzada le disminuyeron la condena de 12 a 7 años de encierro, ya que fue el único que apeló el fallo.

Hurto. La Mochila hurtada de la vivienda contenía tres celulares, un taladro eléctrico y 40.000 guaraníes, según denuncia.

Hurto. La Mochila hurtada de la vivienda contenía tres celulares, un taladro eléctrico y 40.000 guaraníes, según denuncia.

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, redujo la pena de 12 a 7 años de cárcel para un hombre que había ingresado a una vivienda y se llevó una mochila, que contenía, entre otras cosas, tres celulares.

La resolución afecta a Arturo Ramón Aquino Fretes, quien había sido condenado en juicio oral, el 10 de abril del año pasado, por los jueces Lourdes Peña, Claudia Criscioni y Blanca Gorostiaga.

El fallo fue dictado en forma dividida por los camaristas Carlos Ortiz Barrios, Emiliano Rolón y Arnulfo Arias. El primero de ellos, votó por la ratificación de lo resuelto por los jueces en el juicio oral.

La apelación fue planteada por el defensor Público, Luis Fernando Silvera, quien solicitó la modificación parcial del fallo, y que la pena sea reducida a 5 años de encierro.

Por su parte, el fiscal Marcial Machado, al contestar el traslado, requirió que la pena sea ratificada. Esto, pese a que, en el juicio oral, había pedido 7 años de cárcel.

LOS HECHOS. Según se probó en el juicio, el 18 de enero del 2017, a eso de las 17.30, el encausado Arturo Ramón Aquino Fretes cortó el alambrado de la cerca eléctrica y trepado la muralla del patio de una casa ubicada en el barrio Roberto L. Pettit, de nuestra capital.

El acusado sacó luego la cerradura de la ventana de blíndex de la casa, ingresó al interior y se llevó una mochila roja. En la misma había 40 mil guaraníes, dos dólares, un auricular, tres celulares y un taladro eléctrico, todos de Rodrigo Cáceres.

El procesado luego salió de la casa con la mochila al hombro, pero un vecino, que fue identificado como Gerardo Arrúa, lo vio y se produjo un forcejeo entre ambos, donde Aquino intentó agredir al vecino con un destornillador, para luego escapar.

En su argumentación, el camarista Emiliano Rolón sostiene que la defensa argumenta que no existe congruencia entre la acusación, el auto de apertura a juicio y la sentencia. Señala que el fiscal había pedido solo 7 años de cárcel.

Según su voto, al que se adhirió Arias, por el principio acusatorio, el ente acusador (fiscal) es el que debe peticionar la dimensión de la pena. Dice que el Tribunal podría apartarse de ello, pero debe examinar ciertos parámetros para advertir al acusado, por el artículo 400 del Código Procesal Penal. Con ello, dice que los jueces no hicieron la advertencia al acusado de esto, como lo remarca la ley, por lo que no podían apartarse de la pretensión.

De esta manera, dice que se debe corregir esta situación, y no hace falta hacer un nuevo juicio oral, por lo que vota por la reducción de la pena a 7 años de cárcel, que fue la solicitada por la Fiscalía.

Arias complementa que al aumentar el tribunal la pena a la requerida por el fiscal, le priva al acusado del derecho a defenderse, pues el monto de la sanción, en caso de haberlo sabido, la defensa se hubiera opuesto.

Por su parte, el camarista Ortiz Barrios considera que la pena aplicada es justa, por lo que vota por la confirmación del fallo.

Más contenido de esta sección
A poco más de dos semanas del inicio de las clases en las instituciones educativas oficiales, nos encontramos frente a un desolador y conocido panorama: el abandono de las escuelas públicas. En un rápido recorrido de UH por algunos establecimientos se comprueban pisos hundidos, techos con goteras, letrinas en vez de baños, sin acceso a energía eléctrica o agua potable. Ese es precisamente el estado de la educación pública en el Paraguay, un país desigual que les niega las mínimas oportunidades a sus niños y jóvenes.
Nos encontramos en medio de una nueva epidemia, esta vez es el dengue y la peor noticia, además del costo de vidas que está teniendo es el hecho de que se trata del mismo vector: el Aedes aegypti. Muy pronto la población y las autoridades olvidaron el impacto que tuvo dicho mosquito con la anterior epidemia, aquella vez de chikungunya, que dejó no solamente un tendal de fallecidos, sino además personas que sufrieron largas secuelas de la enfermedad. Resulta inaceptable a estas alturas que un mosquito siga causando crisis en nuestra salud.
No sé el motivo por el cual Hernán Rivas es tan importante para Honor Colorado. El hombre pasea su insolencia por los tres poderes del Estado con total impunidad y, pese a las evidencias de su impostura, sigue disfrutando de una inalterable protección política
A pesar de que ya se había advertido, desde el año pasado, que el verano podría llegar con una epidemia conjunta de dengue y covid-19, poco se ha hecho para evitar las terribles consecuencias de una nueva crisis en el sistema de salud. Las predicciones se están cumpliendo, atendiendo a los datos de Salud Pública; por semana se están contando los casos de Covid-19 y dengue con un aumento del 30%. Mientras, los servicios ya están comenzando a colapsar, mostrando preocupantes imágenes de pacientes en las urgencias aguardando ser atendidos.
El pasado miércoles Nenecho Rodríguez tomó la decisión más aplaudida desde que es intendente de Asunción: Suspendió sine die la vigencia del estacionamiento tarifado de la empresa Parxin.
Hasta hace unos días, creía que el término “nepo baby” era un neologismo creado localmente a raíz del actual escándalo de nuestro Parlamento. Wikipedia me informa que ya fue tendencia en TikTok en 2022, pues fue la palabra con la que los usuarios señalaban a los que se volvían famosos simplemente por ser hijos de artistas famosos.