06 mar. 2026

Ley de conflicto de intereses: Lo que cercenó el Senado de la normativa

La Cámara de Senadores aprobó modificaciones a la Ley 7.089 de Conflictos de Intereses en la Función Pública, cercenando la ley vigente que fue aprobada en el periodo legislativo anterior tras el paso de varios funcionarios de alto rango a las empresas del ex presidente de la República, Horacio Cartes.

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La Cámara de Senadores modificaron y eliminaron varios artículos de la Ley de Conflicto de Intereses.

Foto: Archivo

La Cámara de Senadores eliminó y modificó una gran cantidad de artículos de la Ley 7.089, que establece el Régimen de Prevención, corrección y Sanción de Conflictos de Intereses en la Función Pública. Un total de 18 artículos de la presente ley fueron modificados y cuatro derogados.

El proyecto pasó a la Cámara de Diputados, pero con las modificaciones realizadas, la ley quedó cercenada y lejos de su intención inicial, ya que incluso se eliminó la sanción e inhabilitación en caso de incumplimiento para los ex funcionarios que incumplan la reglamentación.

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La senadora Kattya González denunció que el proyecto fue cercenado y desvirtuado. La legisladora había solicitado la postergación del proyecto, pero su propuesta no prosperó.

La Cámara de Senadores eliminó la sanción de hasta 300 jornales mínimos e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el plazo de hasta 5 años para los ex funcionarios que incumplieran las prohibiciones previstas en el artículo 24, que también fue eliminado, además del 25 y 26.

La normativa también fue conocida como ley de puertas giratorias, ya que en esencia busca evitar que funcionarios de alto rango se pasen al sector privado con información delicada o sensible del manejo público.

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Entre los artículos modificados se encuentran el 3, inciso g, que consisten en limitar el grupo familiar hasta cónyuge o conviviente e hijos mayores de edad. En la actual ley, alcanza a parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad, incluyendo a las personas sujetas a tutelas.

En la ley vigente ni ex funcionarios ni parientes cercanos pueden ocupar puestos en el sector privado relacionados al cargo que habían dejado en la función pública hasta un año después del cese de sus funciones en el sector público. Con la eliminación del artículo 24, también se eliminó el plazo de un año.

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En el artículo 20, que habla de la abstención del funcionario público en casos de sociedades en las que haya sido parte, se modificó y se excluyó a aquellos parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad.

La ley vigente fue duramente criticada por el sector cartista, que había contratado en sus empresas a altos funcionarios, entre ellos el actual presidente de la República y ex ministro de Hacienda, Santiago Peña, además del ex director del Banco Central del Paraguay, Carlos Fernández Valdovinos, que pasó a ser director del banco Basa y ahora volvió como ministro de Hacienda.

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Asimismo, está el caso del ex titular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero, Óscar Boidanich, que trabajó para las empresas de Cartes y el actual presidente de Petropar, Eddie Jara, que se había desempeñado en el cargo durante el gobierno de Cartes y posteriormente pasó a su nueva empresa de combustible.

Otro de los casos es el de Jorge Méndez, ex titular de la Industria Nacional del Cemento, que fue contratado en la empresa Cementos Concepción de Cartes al término de su gobierno.

Asimismo, el senador y ex ministro de Industria y Comercio, Gustavo Leite, también pasó a desempeñarse como asesor de Cartes y fue reelegido senador en este periodo. También está el caso de Ramón Jiménez Gaona, quien ocupa el cargo de gerente de Farmacenter, luego del fallido metrobús cuando era ministro de Obras Públicas.

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