21 may. 2024

La Fiscalía pide 7 años y medio de cárcel para Ramón González Daher

Es en el juicio oral por supuesta denuncia falsa y extorsión. La querella, a la que solo le admitieron un delito, requirió 4 años de encierro. Por su parte, la defensa solicitó la absolución del acusado.

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Condenado. Ramón Mario González Daher junto con su abogado Mario Elizeche Baudo.

La fiscala Sandra Ledesma pidió ayer 7 años y medio de cárcel para Ramón Mario González Daher, en el juicio oral que se le sigue en Fernando de la Mora, por presuntos hechos de denuncia falsa y extorsión en grado de tentativa.

El juicio oral seguirá el próximo jueves 10 de agosto, al mediodía, cuando se deberá realizar la réplica y la dúplica, en caso de que así lo consideren las partes, las palabras finales de la víctima y del acusado, y luego vendrá la deliberación y sentencia.

Por su parte, el abogado querellante adhesivo, Horacio Fialayre, a quien solo le admitieron el delito de extorsión en grado de tentativa, solicitó la pena de 4 años de cárcel para el usurero luqueño.

La defensa, a cargo del abogado Mario Elizeche Baudo, en sus alegatos finales solicitó la absolución de culpa y reproche del encausado.

Ante el Tribunal de Sentencia encabezado por la jueza Natalia Muñoz, la agente del Ministerio Público señaló que se probaron los hechos de denuncia falsa y extorsión en grado de tentativa en contra de González Daher, donde resultó víctima Salvador Aquino.

ACUSACIÓN. La fiscala Ledesma acusó a RGD de denunciar falsamente a Aquino por supuesta estafa, hecho que fue desestimado por la Justicia.

Alegó la agente que el usurero pretendió volver a cobrarle una deuda de G. 46.500.000, que ya había sido cancelada.

En el juicio, el denunciante señaló que RGD, para extorsionarle, decía que “jueces y fiscales estaban a su cargo”, por lo que quería obligarle a pagar la deuda.

Es por esto que la fiscala pidió condenar por los citados hechos punibles y solicitó la pena de 7 años y medio, considerando el concurso de delitos.

El querellante no tuvo otra opción que pedir la máxima pena por extorsión, ya que le habían privado de la acusación por denuncia falsa.

La defensa insistió en que no se probaron los hechos investigados, que no existió hecho punible, por lo que debía darse la absolución de culpa y reproche.

Tras esto, se dio el cuarto intermedio. La audiencia seguirá la próxima semana, donde probablemente ya haya una sentencia, sea condenatoria o absolutoria en contra del empresario y ex dirigente deportivo luqueño.

Ramón González Daher se encuentra actualmente cumpliendo una condena de 15 años de prisión por usura, lavado de dinero y denuncia falsa, junto con su hijo Fernando González Karjallo.

Además, el mismo debe afrontar otro juicio oral por supuesto falso testimonio, debido a que presuntamente mintió como testigo durante un juicio oral y público en una querella privada.

RGD también tiene otras causas abiertas y varias denuncias que están en pleno proceso de investigación por la Fiscalía.

Ratifican imputación contra RGD

El Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, ratificó la imputación contra Ramón González Daher, en el caso por presuntos hechos de quebrantamiento del depósito y hurto agravado, por el caso de la desaparición de los cheques.

Con voto dividido, los camaristas José Waldir Servín, Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete ratificaron la resolución dictada el pasado 27 de junio por el juez Gustavo Amarilla.

Los defensores Raquel Talavera y Erich Ratzlaff pedían anular la imputación y la nota del fiscal que aclaraba que se trataba de hechos nuevos. Señalaba que en todo caso debía ser otra causa, ya que RGD está con sobreseimiento provisional en el mismo proceso penal.

El fiscal Silvio Corbeta apuntó que no existe trasgresión de la ley, ya que en la investigación surgieron nuevos hechos punibles, por lo que se planteó la imputación.

Los camaristas Servín y Sánchez señalaron que la imputación del fiscal cumplía con todos los requisitos legales, por lo que ratificaron la resolución dictada por el magistrado. Lovera Cañete votó por declarar inadmisible el recurso, ya que no fue fundada la apelación subsidiaria.

Ahora, el juez podrá fijar fecha para la audiencia de imposición de medidas cautelares.

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