En diversos momentos, cuando periodistas que investigan hechos de corrupción requerían datos sobre gastos, cargos y salarios de funcionarios de las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá, las autoridades y algunos personajes del ámbito político-jurídico acostumbraban repetir que no se podían brindar porque los funcionarios tienen una condición especial, debido a que trabajan para entidades que pertenecen a dos países, como un Estado entre dos Estados. Bajo este absurdo argumento se intentaron cubrir durante mucho tiempo grandes hechos de corrupción, financiando campañas electorales con dinero de las binacionales y premiando a figuras políticas con apetecibles cargos con cuantiosas remuneraciones, como el de los consejeros de Itaipú y Yacyretá.
Uno de los premios recurrentes que se otorgaban era colocar en cargos con doble remuneración a correligionarios, amigos, parientes y personas cercanas a los afectos de alguna alta autoridad. Hubo casos que provocaron escándalos y merecieron renuncias y sanciones, como el del ministro de Relaciones del Gobierno de Fernando Lugo, Héctor Lacognata, quien en el 2011 fue denunciado por percibir al mismo tiempo su salario como canciller (11 millones de guaraníes) y como consejero de Itaipú (59 millones), situación por la que tuvo que dejar el cargo. En la misma época, otro funcionario, Aníbal Orué Pozzo, fue denunciado por cobrar doble salario, como empleado de Diputados y vocero de Itaipú, por lo que tuvo que renunciar.
El argumento de que los trabajadores de binacionales “no son funcionarios del Estado” fue rebatido en el 2014 por el entonces presidente de la República, Horacio Cartes, cuando ante la discusión en torno a la ley de acceso a la información pública, ordenó que Itaipú y Yacyretá divulguen las nóminas de todos los funcionarios del lado paraguayo, con el detalle de cargos y salarios, que desde entonces están disponibles en internet. El artículo 105 de la Constitución Nacional establece que “ninguna persona podrá percibir como funcionario o empleado público más de un sueldo o remuneración simultáneamente”, excluyendo los docentes. La Ley 700/96 define quiénes son funcionarios públicos, incluyendo a las binacionales.Sin embargo, recientemente la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia habilitó al funcionario Carlos Raúl Cabrera a percibir doble salario, tanto en Itaipú como en el Consejo de la Magistratura. En el dictamen se sostiene que “los funcionarios de Itaipú no son funcionarios del Estado paraguayo ni del Estado brasileño, sino directamente de Itaipú”.
Esta antojadiza reinterpretación de un caso ya varias veces debatido, abre puertas a que se pueda seguir violando la ley, cobrando millonarias dobles remuneraciones de las arcas del Estado. Esta vergonzosa maniobra, además, puede permitir la impunidad de otros hechos de corrupción, como ya lo está requiriendo Gabriela Quintana, la celebre niñera de oro del caso de doble remuneración que complica al legislador Víctor Bogado. Una nueva abusiva acción del Poder Judicial que merece repudio.