La víctima es una profesional de la educación, que fue beneficiada por el Programa Nacional de Becas Don Carlos Antonio López (Becal). Viajó a la Universidad de Navarra, pero, debido a los problemas judiciales con su ex pareja y a fin de resguardar la integridad de sus hijas, retornó al país el pasado 3 de noviembre, sin concluir el posgrado.
Los reiterados maltratos que, aparentemente, sufrió por parte del hombre durante los siete años de relación, la obligaron a recurrir a los juzgados, una y otra vez, sin obtener resultado alguno.
La única respuesta que tuvo por parte de los representantes de la Justicia fue una orden que, prácticamente, la obligaba a volver con su pareja por amor a sus hijas, para poder así restablecer la paz social entre ambos.
Las agresiones no cesaron, por lo que decidió salir de la casa con sus dos pequeñas en el 2015.
Según el relato de la mujer, a raíz de su salida, se realizaron los trámites legales correspondientes para el régimen de visitas del padre, que establecía que podía verlas y llevarlas varias veces por semana. Pero esta medida fue violada, y las niñas quedaron expuestas en su integridad.
Nuevamente, la madre recurrió a las autoridades; esta vez para denunciar el caso de las niñas, que no está especificado. La denuncia fue tomada por el fiscal Hugo Pérez quien, aparentemente, nunca avanzó en la investigación por falta de elementos.
Antes de emprender su viaje a España para hacer uso de su beca, inició el papeleo para otorgar a su madre, la abuela de las niñas, la guarda de ambas. Pero el hombre se las llevó, dejándolas sin comunicación con su madre y abuela por tres semanas.
Mediante un permiso especial, la mujer pudo volver al país, pero con la condición de retornar el próximo 8 de enero. Caso contrario, debe abonar al Estado una penalización de G. 200 millones, por no cumplir con la cláusula de la beca.
Un nuevo intento por conciliar la situación se dio este martes en una audiencia solicitada al Juzgado por parte del nuevo fiscal de la causa, Blas Imas. El padre firmaría la guarda provisoria a nombre de la abuela materna, pero este puso como condición retirar la denuncia que afecta a las menores de 7 y 3 años.
Esta condición fue rechazada en vista a que la causa está tipificada como un delito de acción penal, por lo que se dio por terminada la audiencia de ese día, en tanto que la mujer sigue intentando llegar a otra audiencia.
Los nombres de las menores y de los padres se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctima.