01 dic. 2025

Julio Iglesias rechaza hacerse prueba de ADN en demanda de paternidad

El abogado del cantante español Julio Iglesias en el proceso por una supuesta paternidad abierto en los Juzgados de Valencia (España) anunció un recurso en el que insistirá sobre la pretensión de “cosa juzgada” y ve lejana, por el momento, la posibilidad de que el cantante se someta a una prueba de ADN.

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El 4 de julio se dictará sentencia sobre la demanda de paternidad que enfrenta el cantante Julio Iglesias.

Foto: Julio Iglesias/Facebook.

En declaraciones a EFE, el letrado castellonense Fernando Falomir aseguró que presentará un recurso ante el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia (y previsiblemente después ante la Audiencia Provincial) para exponer las razones por las que cree -y que apoyó el fiscal- que la demanda de paternidad que ha presentado el valenciano Javier Sánchez-Santos se juzgó ya en 1991 y 2004.

Este Juzgado celebró una primera vista el pasado jueves, que finalmente se suspendió para estudiar las cuestiones previas planteadas por la defensa de Julio Iglesias, es decir, la “cosa juzgada” y la ilicitud de la prueba de ADN que ha presentado el demandante realizada a partir de objetos de Julio José Iglesias que un detective obtuvo en Miami, EEUU.

De estas dos cuestiones, el juez rechazó la primera y acordó la segunda, de modo que en la próxima vista, señalada para el 4 de julio, ya no será necesaria la presencia del citado detective ni de los técnicos del laboratorio zaragozano que analizó las muestras de ADN obtenidas.

Lea más: Supuesto hijo de Julio Iglesias presentará una demanda de paternidad

Con independencia del éxito del recurso que presente este letrado, el juicio se celebrará el próximo 4 de julio y se dictará sentencia, según prevé este letrado, que anuncia nuevos recursos en caso de ser contraria a los intereses del cantante.

El valenciano Javier Sánchez-Santos interpuso la demanda de paternidad contra Julio Iglesias.

El valenciano Javier Sánchez-Santos interpuso la demanda de paternidad contra Julio Iglesias.

Foto: EFE.

A su juicio, el criterio del juez al señalar que no existe la “cosa juzgada” porque no hay “identidad de partes en el proceso” es “cuestionable”, porque si bien admite que la primera demanda fue presentada por la madre del supuesto hijo, “esta actuaba en nombre del hijo”.

Además, insiste en que en la segunda demanda, presentada en los Juzgados de Marbella por el hijo -el mismo demandante que ahora-, “tanto el Juzgado de primera instancia como la Audiencia de Málaga consideraron que había plena identidad de partes con respecto al primer proceso de Valencia”.

Por todo ello, y pese a que este mismo letrado anunció que, en caso de seguir adelante el juicio el cantante se sometería a la prueba de ADN, considera que esta situación es todavía una posibilidad lejana.

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