13 jul 2026

Jueza revoca suspensión y ordena captura de ex asesor de la Justicia Electoral

La jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer revocó la suspensión de la ejecución de la condena y decretó la captura del abogado Manuel Enrique Radice, ex asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), para que cumpla la pena por incumplimiento del deber legal alimentario.

Imputados.  Manuel Radice y Clara Silveira, los accionantes.

A prisión. Manuel Radice junto a su esposa. El abogado tiene orden de captura.

Foto. Archivo.

La magistrada de Ejecución revocó el beneficio porque Radice no cumplió con las obligaciones a la que se comprometió, en especial, el pago de la suma de G. 64.200.000, en 24 cuotas de G. 6.000.000.

En el caso, el 18 de marzo de 2022, Manuel Radice Zárate, ahijado político del ex miembro del Tribunal Superior de Justicia Electoral Alberto Ramírez Zambonini, fue condenado a 2 años de prisión, con la suspensión a prueba de la ejecución de la condena, por un plazo de dos años.

Este fallo había sido confirmado por el Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, el 13 de octubre de 2024, y ratificado el 22 de marzo de 2024, por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inadmisible la casación.

El expediente fue recibido por la jueza de Ejecución Cynthia Sostoa, el 7 de mayo de 2025. La magistrada se inhibió en julio del 2025, por lo que pasó al juzgado a cargo de Kirchhofer.

La jueza Kirchhofer intimó al condenado a que dé cumplimiento de las obligaciones, pero esto fue apelado, e incluso, planteó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte.

Así, tras destrabarse la causa, finalmente, en marzo del año pasado, la Fiscalía solicitó la revocación de la suspensión a prueba de la ejecución de la condena debido al incumplimiento de las resoluciones.

Lea más: Sala Penal ratifica pena de 2 años para político Radice

Finalmente, la jueza analizó las condiciones que tenía. Sobre la prohibición de salida del país sin autorización del Juzgado no se registra documentación que pruebe que incumplió la medida.

No depositó dinero

Sin embargo, en cuanto a la prohibición de cambiar de domicilio, no se presentó el certificado de vida y residencia. Además, no compareció ante el Juzgado ni una sola vez a lo largo de los un año y diez meses desde que llegó el expediente.

En cuanto a la obligación de depositar la suma de G. 64.200.000, en 24 cuotas de G. 6.000.000, desde que quedó firme la sentencia, no se registra depósito alguno.

Según la jueza, el condenado Radice debió acreditar el depósito de la suma de G. 190.850.000, pero no hay registro de ello.

La magistrada dice que nota que, a pesar de los esfuerzos realizados por el Juzgado, Radice Zárate “no posee predisposición de acatar los mandatos de la Justicia y con ello considera que ha incumplido de manera grave y repetida las obligaciones impuestas por el juzgado de origen”.

Indica que incluso se lo intimó y se le otorgó la oportunidad de comparecer ante el Juzgado, para ser oído, estando a dos meses de culminar el periodo, presentó recursos dilatorios rechazados por el Juzgado y confirmados por el Tribunal de Alzada, “incumpliendo la asistencia alimentaria a la que tienen derecho sus tres hijos menores”.

Con ello, la magistrada resolvió revocar la suspensión a prueba de la ejecución de la condena y ordenar a la Policía Nacional la captura en todo el territorio nacional para que, una vez detenido, pase a guardar reclusión en el penal de Tacumbú.

Manuel Enrique Radice, su esposa, cuñada y suegra habían sido procesados como supuestos planilleros del TSJE, pero finalmente fueron sobreseídos por la Justicia.

Más contenido de esta sección
Fin de la pesadilla. Diana Rojas se reencontró con su pequeña hija tras horas de desesperación.
Procesado. Francisco Bustos, padre de la niña, quedó detenido en la Argentina y ya fue imputado.
La condena de 10 años de cárcel para el ex gobernador de Central, Hugo Javier González Alegre, fue ratificada por la Sala Penal de la Corte, que declaró inadmisible el recurso de casación planteado contra el fallo.
La Sala Penal de la Corte ratificó la pena de 3 años de cárcel para Justo Rubén Ferreira Servín, ex presidente de la firma Insumos Médicos SA (Imedic), por contrabando de camas hospitalarias durante la pandemia, y la absolución de los demás encausados.
Oposición. La Fiscalía Adjunta rectificó dictamen de los fiscales y pidió que el caso pasará a juicio.
Los fiscales Luis Piñánez, Luz Guerrero y Cristhian Benítez requirieron la desestimación de la denuncia presentada en contra del director de Itaipú, Justo Zacarías Irún, por la adquisición de los pupitres chinos. Sostienen que no hubo perjuicio patrimonial.
En el juicio oral del caso conocido como Scanner, esta mañana, una de las defensas pidió una pena atenuada de 3 años de cárcel, luego de que en la audiencia anterior, el fiscal Andrés Arriola había requerido sanciones de entre 8 y 16 años de encierro.