17 mar. 2026

Incendio por quema de cubiertas se extiende a pastizales de Minga Guazú

Una gigantesca columna de humo se produjo a causa de la quema de cubiertas en un predio baldío de Minga Guazú. Las llamas que se extendieron en el pastizal seco aún no logran ser controladas y amenazan cultivos aledaños.

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Incendio en pastizales a consecuencia de quema de cubiertas en el lugar.

Foto: Edgar Medina.

La Subcomisaría 52 Fracción Piro’y de Minga Guazú, Alto Paraná, comunicó que cerca de las 10:30 se quemaron las cubiertas abandonadas en un puesto ubicado en el kilómetro 28, lado Monday, a unos 1.500 metros de la ruta PY02.

Las llamas y la intensa humareda oscura despertaron la preocupación de los vecinos, quienes dieron aviso a la Policía Nacional sobre el hecho y estos a su vez convocaron a personal de bomberos voluntarios de Minga Guazú y Yguazú, quienes trabajan en el lugar, informó el periodista Édgar Medina, de Última Hora.

Nota relacionada: Un 95% de incendios son provocados

Si bien el fuego en el cementerio de llantas ya se encuentra casi controlado, las llamas se extienden rápidamente en el pastizal seco, lo que amenaza el cultivo y algunas casas aledañas, detalló Telefuturo.

Ante los riesgos de incendios por las altas temperaturas y la intensa sequía, el Infona emitió un comunicado recordando a la ciudadanía la vigencia de la Ley 6818/2021 “De manejo integral del Fuego”, la cual establece la suspensión por el plazo de ciento ochenta días de la emisión de permiso de quema prescripta.

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Asimismo se recuerda la vigencia de la Ley 6779/21, que tipifica el hecho punible de producción de incendios que afecten el medioambiente y atenten contra la seguridad de las personas frente a riesgos colectivos, que otorga competencia a la Policía Nacional, bajo la Dirección del Ministerio Público y establece sanciones en su art. 2° de producción de incendios.

En dicho artículo se determina que “el que violando normas relativas al manejo del fuego, causare incendios que afecten bosques, palmares, pastizales, matorrales, montes, cerros, plantaciones agrícolas y forestales, humedales, ganado, vida silvestre, campos comunales, rellenos sanitarios u otros lugares de disposición de residuos, parques urbanos, núcleos de poblaciones o lugares habitados, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa”.

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