Los imputados son Evaristo Fernández, presidente de la Secta Moon en el Paraguay, y el ciudadano coreano Dongmo Shin, líder de la entidad para Latinoamérica, quienes habían prestado testimonio en el juicio civil por cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública, caso que le costó el cargo a la jueza civil Tania Irún.
Según explica la imputación, el 8 de octubre del 2014 se inició una demanda civil por la firma Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments Limited y Elite Kingdom Investments Limited contra la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, por cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública.
En el citado juicio, según el fiscal Saldívar, bajo fe de juramento, los ahora imputados “habrían prestado testimonio falso, a tener del interrogatorio que fue presentado por una de las partes”.
Es así que el fiscal cita textualmente la declaración realizada el 3 de setiembre del 2018, por Evaristo Fernández, presidente de la citada Secta Moon en nuestro país, sobre un préstamo de 15 millones de dólares, a más de una dación de pago.
Asimismo, el agente también transcribe la declaración realizada por Dongmo Shin, que se realizó ante el juzgado Civil el 6 de setiembre del 2018. Este último es líder de la Secta Moon para Latinoamérica, quien llegó al país en el 2009, conforme señaló.
Según explica el fiscal, “conforme a las demás pruebas incorporadas al citado proceso civil, y otras fuentes de información que fueron individualizadas en la denuncia que diera pie a la formación de la presente causa, los señores Evaristo Fernández y Dongmo Shin, en carácter de testigos, y en lo neurálgico, básicamente habrían negado ante el órgano jurisdiccional, contrariamente a la verdad, la existencia de un préstamo”.
Añade que el crédito era “de la firma Victoria Terrace SA, a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación para el Cristianismo Mundial, así como la dación en pago ordenada por la asamblea de fecha 11 de noviembre del 2008, obligando a las empresas adquirentes de la deuda a iniciar un juicio civil para escriturar las mismas judicialmente”.
El agente señala que existe el supuesto delito de testimonio falso, en grado de autoría de los dos imputados.
Como medida cautelar, pide al juez la aplicación de las medidas alternativas a la prisión, como fijar domicilio y prohibición de cambiarlo, comparecencia mensual, prohibición de salida del país, una caución real y las que el Juzgado considere. También informa que Dongmo Shin se encontraría fuera del país, según el informe de Migraciones.