El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas del Paraguay, Eduardo Pérez Avid, sostuvo que existe una mala interpretación del Código Laboral o una falta de información, pues es falso que la normativa establezca la inamovilidad del trabajador después de cumplir 10 años en una empresa.
El profesional cuestionó las declaraciones de la ministra de Trabajo, Carla Bacigalupo, quien afirmó que existen “fallas sistémicas”, que ponen en entredicho el punto referente a la estabilidad laboral, porque más que nada impone la inamovilidad del trabajador, o sea la imposibilidad de despedirlo después de pasado el lapso establecido por ley.
“Muchos empleadores entienden que cuando un trabajador sobrepasa los 9 años 6 meses o los 10 años de antigüedad, prácticamente ya no puede ser despedido. Y esto no es así, no es cierto, porque cualquier trabajador, sin importar la antigüedad que tenga, pasados los 10, 20 o 30 años, puede ser despedido, pero de forma justificada, de acuerdo a las causales establecidas en el Artículo 81 del Código Laboral”, señaló el abogado.
Indicó que existen 26 causales tipificadas en la normativa, que especifican en qué casos un trabajador puede ser despedido luego de los 10 años de trabajo.
Además, Pérez Avid observa como un contrasentido que el empleador se vea obligado a despedir a un trabajador para evitar que llegue a los 10 años de servicio, a pesar de ser un buen empleado y de haber invertido en su formación y al demostrar competencia.
“Cuál es la explicación a ese proceder, porque al buen trabajador, con o sin estabilidad, siempre será requerido dentro de la empresa, que ya invirtió recursos, ya lo adiestró, ya le dio conocimientos, ya tiene experiencia, y el empleador no querrá desprenderse de él solo por eso”, indicó. Aunque agregó que siempre están los colegas abogados asesores de empleadores a los que les es más fácil aconsejar despedir, sin antes realizar un minucioso estudio del legajo del trabajador.
Pérez Avid expresó que a las mujeres les va peor aún, debido a la estabilidad de un año, que pueden llegar a ser de dos también, que le otorga el haber sido madre mientras cumplía un contrato laboral en la empresa. Alegó que en el caso de las mujeres, se las suele despedir incluso antes de que llegue a la plenitud reproductiva, para evitar que llegue a embarazarse mientras trabaja en la empresa.
Informalidad. En relación a la informalidad que lleva a los trabajadores a no contar con una jubilación en su edad adulta, Pérez Avid también responsabilizó del hecho al Ministerio de Trabajo. “La falta de jubilación en el sector privado es por la alta informalidad que existe en el país, que llega al 75%, según los últimos informes de la OIT. Esto es total responsabilidad del Ministerio de Trabajo, no tiene nada que ver la ley que ampara la estabilidad laboral con lo que está afirmando la ministra. Aquí existe una altísima informalidad que no disminuye, al contrario, aumentó en el último tiempo y eso es lo que afecta directamente a los aportes obrero-patronales, al haber jubilatorio”, concluyó el abogado.