Tras varios meses de negociación entre el Gobierno y los distintos sindicatos de funcionarios públicos, finalmente el proyecto cuenta con una versión final que fue presentada ante el Congreso Nacional el pasado lunes.
Para la confección del proyecto de ley, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) lideró numerosos encuentros con diferentes sindicatos, centrales de trabajadores, organizaciones de la sociedad civil y empresarial, así como la participación en audiencias públicas convocadas por representantes del Congreso.
ESTABILIDAD. La redacción final del proyecto de ley, que se basa en los acuerdos asumidos con los sindicatos de funcionarios, establece que estos podrán contar con estabilidad laboral permanente tras haber transcurrido dos años ininterrumpidos de servicio dentro de la función pública.
En su artículo 20, el proyecto del Ejecutivo establece una serie de requisitos que tendrán que cumplir los funcionarios para convertirse en inamovibles.
“La estabilidad laboral es el derecho del funcionario público que ingresa a la función pública mediante concurso público, a no ser desvinculado sin justa causa y a conservar el cargo alcanzado. La estabilidad laboral se adquiere cuando el funcionario cumple las siguientes condiciones: a) Haber ingresado por concurso público a la función pública. b) Haber cumplido al menos dos (2) años ininterrumpidos de servicio en la función pública”, cita el documento. Sobre este punto, la versión anterior del Poder Ejecutivo establecía cuatro años consecutivos para acceder a la inamovilidad, lo que fue reducido a 2 años a pedido de los sindicatos.
Este articulado también establece que los funcionarios públicos que hayan cumplido con todos los requisitos establecidos en el presente artículo y, por consiguiente, hayan adquirido la estabilidad, seguirán supeditados al régimen de evaluación de desempeño, así como al régimen disciplinario, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley y las normas reglamentarias que emita la autoridad en materia de función pública correspondiente.
En el caso de los funcionarios públicos contratados, el documento establece que estos tendrán estabilidad tras 10 años consecutivos como funcionario público.
El proyecto de ley también incluye la figura de la evaluación de desempeño del funcionario. No obstante, esta solo podrá utilizarse para “tomar y fundar decisiones sobre ascensos, promociones, movilidad interna, necesidades de capacitación, estímulos no monetarios, renovación contractual y planes de mejora institucional, según se establezca en las leyes especiales que regulan cada una de las carreras especiales y los reglamentos de evaluación del desempeño emitidos por la autoridad en materia de función pública correspondiente”, según menciona el artículo 25 del proyecto de ley presentado al Parlamento.