01 jun. 2026

Fiscalía acusa y pide juicio oral para la hija de Alejandro Ramos

32574809

Capturada. Lourdes Teresita Ramos Ramírez, hija de Alejandro Ramos, tras su detención.

archivo

El fiscal Lorenzo Lezcano, de la Unidad Especializada en la Investigación de Hechos Punibles contra la Libertad de las Personas y Terrorismo, presentó acusación y requirió apertura a juicio oral contra Lourdes Teresita Ramos Ramírez, de 24 años.

El agente del Ministerio Público le acusa por la supuesta comisión de los hechos punibles de asociación terrorista y transgresión a la Ley de Armas, ante el juez de Crimen Organizado.

Según la investigación, Ramos Ramírez, alias Yverá, hija de Alejandro Ramos Morel y Lourdes Ramírez, integró desde su adolescencia estructuras criminales armadas, primero en el autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) y luego en el Ejército del Mariscal López (EML), liderado por su padre.

Conforme señala el pedido del agente, durante su permanencia en ambos grupos habría participado en secuestros, extorsiones, atentados contra fuerzas públicas y cobros de “impuestos revolucionarios” a productores de la zona norte del país.

La ahora acusada Lourdes Ramos Ramírez fue capturada el 15 de febrero de este año en la comunidad de Brasil Cue, Horqueta, Departamento de Concepción, durante un procedimiento de la Fuerza de Tarea Conjunta.

Lezcano apunta que cuando la detuvieron fueron incautadas armas de fuego y otras evidencias, entre ellas están fotografías, videos y materiales que la vinculan con hechos ilícitos, además de que tenía un arma de fuego en su poder.

El agente refiere en su requerimiento conclusivo que Lourdes Ramos participaba activamente en el EML. Dice que tenía funciones operativas y de propaganda, de acuerdo con los registros audiovisuales en los que aparece dando instrucciones a las víctimas de extorsión.

Según el fiscal, la conducta atribuida a Ramos Ramírez se enmarca en lo dispuesto por el artículo 2, inciso 2, de la Ley 4024/10, que sanciona la Asociación Terrorista, así como en el artículo 94 de la Ley 4036/10, relativo a la Transgresión a la Ley de Armas.

Al final, el fiscal entiende que con todos estos elementos, probará en el juicio oral los cargos contra la acusada, donde solicitará la pena que corresponda.

El Ministerio Público acusó a Lourdes Ramos Ramírez, hija de Alejandro Ramos, fundador del Ejército Mariscal López, por supuesta asociación terrorista. Solicitó que el caso sea elevado a juicio oral.

A la madre aún la van a investigar La semana pasada, el Tribunal de Apelación Penal Especializado había concedido 6 meses más al fiscal Lorenzo Lezcano, para continuar con la investigación contra Lourdes Bernarda Ramírez de Ramos (51), esposa de Alejandro Ramos, en el caso del secuestro de Félix Urbieta. Según el fiscal, Lourdes Bernarda Ramírez de Ramos está imputada por supuestos hechos de secuestro, privación de libertad y otros por el secuestro del citado ganadero, quien nunca fue encontrado. De esta manera, en el caso de la madre de Lourdes Teresita Ramos Ramírez, el fiscal deberá presentar su acusación u otro tipo de requerimiento conclusivo el 24 de febrero de 2026.

Más contenido de esta sección
El abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes indígenas no puede justificarse, bajo ninguna circunstancia, como una “costumbre” o parte de la cultura de una comunidad, explicó La fiscala Vivian Coronel, especializada en Hechos Punibles contra Niños y Adolescentes, quien relató que a veces, este crimen se resuelve pagando una multa o con un matrimonio forzado.
DISCRIMINACIÓN. Abogado cita “malabarismos jurídicos” de la Justicia para negar derechos.
HISTÓRICO. La indefensión y revictimización de víctimas y sus familias vienen del stronismo, afirma.
LUCHA. Hoy se conmemora el Día Nacional contra el Abuso y la Explotación Sexual contra menores.
PREVENCIÓN. ”No se trata solo de denunciar, sino, antes, la de prevenir”, dice fiscala especializada.
EXPERTO HABLA. Vendrá un cambio socioeconómico para empresas que lavan dinero.
Un Tribunal de Sentencia decretó la extinción de la causa y el sobreseimiento definitivo de un procesado que fue imputado por la Fiscalía a 10 años del hecho. Los jueces entendieron que pasó el plazo máximo del procedimiento penal, ya que tienen la postura que el inicio del proceso se debe contar desde el primer acto coercitivo.