Señaló que prevén convocar a los sectores afectados a más tardar para la primera semana de julio, con el fin de seguir trabajando en el documento y dialogar sobre todos sus alcances.
“Está en la etapa de borrador. Por ahora vamos a parar (su entrega al Congreso) e iniciar un diálogo más amplio con todos los sectores. Haremos una mesa de trabajo entre todos, se tratará artículo por artículo. Veremos para esta semana y si no sale esta semana sería para la primera de julio”, afirmó el alto funcionario.
Sostuvo que el objetivo del proyecto es estudiar la modificación de una ley que ya data de hace 30 años, por lo que ya debe ser actualizada.
“Queremos mejorar nuestra presencia en el campo como organismo aplicador de esta ley. Ver la estrategia para un mayor control de las semillas que se van a sembrar, que sean certificadas y que sean producidas bajo fiscalización”, apuntó.
Por su parte, Héctor Cristaldo, titular de la Unión de Gremios de la Producción (UGP), manifestó que consideran que el proyecto es una “propuesta unilateral y sesgada” y alertó que permitiría el ingreso de funcionarios en fincas agrícolas privadas sin una orden judicial.
“Es inconstitucional. La ley es la ley, pero la eficiencia depende de la gestión, no de la ley. Es como si en tu empresa la gestión y los resultados son malos, suponer que los resultados van a mejorar cambiando los estatutos. Es un traje a la medida de un grupo reducido de empresas y perjudica a más de 290.000 productores”, ratificó Cristaldo.
Más del proyecto. El borrador del proyecto de ley es resultado de la mesa de trabajo sobre semillas que se instaló a finales de noviembre del año pasado entre el Senave y la Asociación de Productores de Semillas del Paraguay (Aprosemp).
El documento señala que la finalidad es “regular y promover una eficiente actividad de producción, circulación, comercialización y control de calidad de las semillas; garantizar a los usuarios en general la identidad y calidad del material de multiplicación y reproducción vegetal producido, comercializado y utilizado, en armonía con los acuerdos intrarregionales firmados o a firmarse y con las normas internacionales en materia de semillas”.
El artículo tercero indica que cualquier persona física o jurídica podrá dedicarse a trabajos de producción, procesamiento, análisis, circulación y comercialización de semillas sin más limitaciones que las de ajustar sus actividades a las disposiciones legales y reglamentaciones vigentes, mientras que en el artículo quinto se indica que la Dirección de Semillas del Senave se encargará de controlar la producción y comercio de semillas para evitar el comercio ilegal de las mismas, además de controlar la importación, exportación y comercio en general de las mismas.