La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó que entró en vigor la Ley Nº 7411/2024 de Armas y la Resolución Nº 203/2025, normas que establecen los nuevos niveles de control y procedimientos administrativos aplicables a la importación de armas, explosivos y otros materiales específicos.
La medida forma parte del proceso de modernización de la Ventanilla Única del Importador (VUI 2.0) y del Sistema Integrado Digemabel (SID), orientado a optimizar la trazabilidad y el control de los productos ingresados al país.
Clasificación de materiales
El marco normativo define tres categorías de materiales, con distintos niveles de control:
- Anexo A.- Materiales con autorización previa:
Requieren autorización expresa de la Dirección General de Material Bélico (Digemabel) antes de su importación. Incluyen armas de fuego civiles y sus componentes críticos, explosivos y materiales de uso privativo de las Fuerzas Armadas.
- Anexo B.- Sujetos a verificación en zona primaria:
Serán verificados de oficio en las aduanas habilitadas. En este grupo figuran las armas de fogueo, réplicas, miras telescópicas y armas de aire comprimido.
- Anexo C.- Materiales no controlados por la Digemabel:
Comprende elementos como ballestas, chalecos antibalas, equipamiento táctico y herramientas.
Cooperación interinstitucional
La implementación de este nuevo esquema se realiza bajo el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional firmado entre la DNIT y la Digemabel, que prevé la coordinación técnica y operativa entre ambas instituciones.
Además, se llevaron a cabo capacitaciones dirigidas a funcionarios de ambas entidades y a los usuarios vinculados a la actividad aduanera, con el objetivo de garantizar una transición ordenada hacia el nuevo sistema.
Las disposiciones rigen desde el pasado 3 de noviembre de 2025 y buscan reforzar los mecanismos de control, transparencia y eficiencia en la gestión de importaciones sensibles.