Aun así la aplastante mayoría colorada aprobó a tambor batiente a partir de un solo dictamen emitido por una comisión, Equidad y Género, no especializada, los cambios en varios artículos del Código Electoral.
De acuerdo con el veredicto de la institución electora, remitido a la Cámara Baja, una semana antes del tratamiento de modificación de varios artículos del Código Electoral, en relación al financiamiento político, algunos términos de la modificación del artículo 64 de la Ley 834/96 podrían “socavar” la independencia de los tribunales partidarios que son, en suma, quienes organizan y juzgan las internas
La modificación presentada por los colorados establece que una vez reconocidos los movimientos, por parte de los tribunales partidarios, y antes incluso de la inscripción de candidaturas, debe ser el TSJE quien “emitirá en 48 horas una constancia a los movimientos internos, para que estos, a través de sus representantes, soliciten a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) el identificador tributario (...) a los efectos del control del financiamiento de campaña”.
En contrapartida, el informe técnico de la Justicia Electoral sostiene de forma tajante que con la modificación se “estaría socavando la función y alcance jurídico de las resoluciones emitidas por los órganos electorales internos, sin dejar de mencionar que el TSJE, a través de su dependencia encargada, solo emite constancias de inscripción a las organizaciones políticas reconocidas por su Tribunales Electorales competentes”, señala parte del extenso documento del órgano electoral que hizo una docena de observaciones que prácticamente fueron ninguneadas.
Los cartistas que defendieron los proyectos, en sesión ordinaria del martes, aseguraban de que se trataban sólo de modificaciones de “forma”, y apresuraron el proceso de aprobación.
Aún así los cambios son bastante marcados, como por ejemplo en la reducción de plazos para la inscripción de candidaturas que, según la ley vigente, era con 180 días de anticipación, ahora sólo se limitaría a 90 días. Se recurrirá, además, al padrón actualizado que incluirá un corte dispuesto por el TSJE.