16 sept 2026

Desestiman denuncia contra dos juezas y una fiscala por persecución de inocentes

A pedido fiscal, el magistrado de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia desestimó la denuncia presentada contra las juezas de Sentencia Laura Ocampo y Cándida Fleitas, así como la fiscala Patricia Sánchez. Un procesado dijo que incurrieron en persecución de inocentes y prevaricato, por actuaciones en una causa por supuesta estafa.

Resolución. El magistrado Rodrigo Estigarribia ratificó la admisión del caso contra el hijo de Eulalio Lalo Gomes.

Resolución. El magistrado Rodrigo Estigarribia desestimó la causa contra dos juezas y una fiscala.

Foto. Archivo.

La fiscala Sonia Sanguinés solicitó al juez la desestimación del caso, debido a que, según entiende, los hechos denunciados carecían de relevancia penal, al no verificarse los elementos objetivos ni subjetivos de los tipos penales denunciados.

La denuncia fue formulada por Víctor Ramón Olmedo Almirón, donde puso a conocimiento del Ministerio Público, la supuesta comisión de los hechos punibles de persecución de inocentes, ejecución penal contra inocentes y prevaricato, donde supuestamente era víctima.

Sindicó como autores del hecho a las juezas del Tribunal de Sentencias Cándida Fleitas, Laura Ocampo y la agente fiscal Patricia Ocampos.

Según refirió, la causa lleva abierta más de doce años, desde el 2013, fecha en que supuestamente se cometió el ilícito, y hasta la fecha lleva más de 12 años 4 meses desde su inicio, sin una sentencia firme ni conclusión definitiva, violando todos sus derechos.

Remarcaba que a pesar de haberse solicitado con fallos de jurisprudencia de la Corte en oportunidad de plantear los incidentes pidiendo la declaración de prescripción de la acción penal, los jueces denunciados se negaron sistemáticamente a resolver conforme a derecho.

“Esta omisión deliberada no puede atribuirse a error judicial, ya que los jueces tenían pleno conocimiento de los plazos legales, del expediente en cuestión y de la jurisprudencia de la Corte”, asegura.

La fiscala realizó varias diligencias en el caso, donde solicitó informes y citó a declarar al denunciante.

El denunciante

El denunciante señaló en su declaración: “Yo accedí a hacer esta denuncia porque estaba llevando una causa con las nombradas juezas y la causa sería del año 2013 y aún no están aceptando la prescripción y yo creo que ya viene por el lado de lo que sería de persecución porque hay un ambiente muy hostil, en la sala de juicios orales, por parte de las juezas, no hay una imparcialidad sobre el caso”.

Además, dijo que “nos damos cuenta de que nosotros estamos pidiendo la prescripción conforme a la ley y estas dos juezas se oponen; sin embargo, el tercer juez hizo lugar a la solicitud en las ocasiones que nosotros pedimos, el juez es Fabián Weinsensen. La presidenta del tribunal es la Dra. Laura Ocampo”.

“Yo siento un aire de favoritismo hacia la Fiscalía y la supuesta víctima, en este caso. Realizar la denuncia ya fue como última instancia o extremo debido a que me siento atacado y ya me está perjudicando en lo laboral, familiar y psicológicamente”, remarcó.

La fiscala sostiene que nuestro sistema penal se rige por el sistema de doble instancia, por lo que las cuestiones resueltas por las juezas son revisables. Dice que por el rechazo de un incidente no se puede decir que haya persecución de inocentes. Respecto a la fiscala dijo que por oponerse al pedido no puede señalarse que hubo hecho punible.

Resolución

El juez de Garantías Rodrigo Estigarribia, tras analizar el caso, sostuvo que el fundamento esencial de la denuncia radica en la disconformidad del denunciante con diversas decisiones adoptadas durante la sustanciación del juicio oral seguido en la causa caratulada: “Víctor Ramón Olmedo Almirón s/estafa”.

Añade que “particularmente con el rechazo del incidente de prescripción de la acción penal, además de manifestar que existiría un ambiente hostil durante el desarrollo de las audiencias y una supuesta falta de imparcialidad por parte de las magistradas intervinientes”.

Con ello, el magistrado consideró que no se observa resolución alguna que evidencie un apartamiento consciente, deliberado y arbitrario del ordenamiento jurídico por parte de las magistradas denunciadas.

Además, concluyó que los hechos denunciados carecen de relevancia penal, al no verificarse los elementos objetivos ni subjetivos de los tipos penales. Finalmente, desestimó la denuncia.

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