11 ene. 2026

Derechos de los egresados con bachillerato

La Ley General de Educación les reconoce a los egresados con el título de bachillerato una serie de derechos, algunos de ellos muy importantes para el desarrollo educativo y democrático de la nación, que ninguno de los egresados de bachillerato los usufructúa.

Los que acaban el bachillerato y reciben el título correspondiente tienen derecho a acceder a los estudios académicos de nivel superior y la mayoría de los egresados suelen acceder a ese nivel para capacitarse en alguna profesión titulada.

También tienen derecho a ser miembros activos de la comunidad educativa de la institución educativa de la que han egresado, de acuerdo con el mandato del artículo once en su inciso i), que define la institución de la comunidad educativa de cada institución educativa.

Por ser miembros de dicha comunidad educativa tiene sus correspondientes derechos y obligaciones, que están claramente definidas en la Constitución Nacional y la Ley 1264 General de Educación.

El artículo 76 de la Constitución les da derecho y obligación a participar, colaborando con el Estado, “en la organización del sistema educativo”.

La Ley General de Educación les da derecho y obligación de participar, junto con los otros miembros de su comunidad educativa, en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional (PEI) (artículo 11); ratifica el derecho y obligación que dispone la Constitución de participar en la organización del sistema educativo (art. 12); igualmente reconoce el derecho e impone la obligación de participar en el proceso de definición de las políticas educativas del Estado (art. 19); con los demás miembros de la comunidad educativa, el Ministerio de Educación y Ciencias, las gobernaciones y las municipalidades tienen la responsabilidad de garantizar la calidad de la educación (art. 20); y tienen el derecho, como miembros de la comunidad educativa, de ser informados periódicamente de los avances y resultados en la educación nacional.

Es evidente que nada de esto, brevemente descrito, está vigente. Ni las máximas autoridades educativas, ni el Ministerio de Educación y Ciencias, ni los egresados con bachillerato y los demás miembros de las comunidades educativas de todas y cada una de las instituciones educativas públicas y privadas han asumido su ineludible responsabilidad de cumplir el mandato de la Constitución y la ley. Las instituciones y organismos del Estado encargados de hacer cumplir y defender la vigencia de la Constitución Nacional y las leyes tampoco están cumpliendo con su responsabilidad.

¿Estamos en un Estado de derecho o en una republiqueta? ¿No hay en todo el Paraguay ninguna asociación de ex alumnos de escuelas y colegios del Estado o privados, que ame la Constitución, las leyes y el derecho, y quiera cumplir con su responsabilidad y ética ciudadanas?

Si queremos ser coherentes, debemos hacer la misma pregunta a todos los miembros componentes de las comunidades educativas, es decir, a las asociaciones de estudiantes, las de padres, las de profesores, las de directores y las de los administradores, porque todos ellos gozan jurídicamente de los mismos derechos y de las mismas obligaciones, por ser miembros de dichas comunidades educativas, arbitraria e ilegítimamente eliminadas.

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