30 jun. 2026

Defensa de Hernán Rivas también apeló fallo que elevó a juicio su caso

La defensa del senador Hernán David Rivas también apeló la resolución que elevó a juicio oral el caso de su supuesto título falso de abogado. La Fiscalía había recurrido el fallo respecto a la prescripción de uno de los delitos, mientras que el legislador ataca el rechazo del sobreseimiento del segundo delito.

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También apeló. La defensa del senador Hernán Rivas, también apeló la resolución del juez Miguel Palacios.

Foto: Archivo ÚH

El juez de Garantías Miguel Palacios ya le dio trámite a los dos recursos planteados, uno por parte de las fiscalas Luz Guerrero y Patricia Sánchez, y la segunda por los abogados Cristóbal Cáceres, Álvaro Cáceres y Víctor Dante Gulino.

Con ello, las partes deberán contestar los recursos promovidos y luego el expediente será derivado al Tribunal de Apelación Penal, que deberá definir la cuestión.

En el caso, el legislador cartista fue acusado porque tanto el certificado de estudios como su título de abogado eran falsos, los que usó para representar a la Cámara de Diputados y al Senado ante el Jurado de Enjuiciamiento y jurar ante la Corte como profesional.

Las fiscalas lo acusaron por producción mediata de documentos públicos de contenido falso, y por uso de documentos públicos de contenido falso.

No obstante, la defensa requirió la prescripción del delito de producción de documentos no auténticos, porque el supuesto certificado de estudios falso fue el 12 de mayo de 2018, mientras que el título lo obtuvo el 9 de junio de 2020.

De esta manera, alegaron que el delito tiene pena de 3 años, y prescribe en ese mismo plazo, por lo que solicitaron la prescripción del delito y el sobreseimiento definitivo. Además, dijeron que el uso de documentos públicos de contenido falso es un delito que depende de la producción del mismo, con lo que dicen que si prescribió el primero, debía ser sobreseído por el segundo delito.

Lea más: El senador Hernán Rivas irá a juicio oral por el título falso, pero lo sobreseen por uno de los delitos

En su fallo, el juez concedió la prescripción del delito de producción de documentos no auténticos, ya que entiende que sí pasó el plazo de 3 años señalado por la defensa. Sin embargo, rechazó el sobreseimiento definitivo respecto al uso de documentos públicos de contenido falso.

La Fiscalía recurrió la primera parte, respecto a la prescripción de los hechos referentes a la producción de documentos públicos de contenido falso, ya que entienden que los hechos aún pueden ser juzgados.

Por su parte, la defensa apeló la parte del rechazo del sobreseimiento definitivo respecto al uso de los documentos públicos de contenido falso, ya que consideran que si no existe producción, tampoco se puede seguir el juicio por el uso de documentos falsos.

Al final, será el Tribunal de Apelación Penal el que decidirá cuál de los recursos debe ser acogido favorablemente, o rechazados ambos, con lo que se ratificaría la decisión del magistrado Palacios.

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