08 ago. 2025

Defensa de Gianina García Troche pide anular declaración indagatoria

La defensa de Gianina García Troche, esposa de Sebastián Marset, procesada en el caso A Ultranza Paraguay, solicitó a la jueza de Crimen Organizado, Rosarito Montanía, la nulidad de la declaración indagatoria realizada en el aeropuerto Silvio Pettirossi, tras ser extraditada el 21 de mayo pasado. Además, le pide al fiscal Deny Yoon Pak que considere apartarse de la causa.

Gianina Garcia en Viñas Cué.jpg

Indagatoria. La defensa de Gianina García Troche solicita la nulidad de la declaración indagatoria.

Foto: Archivo ÚH.

Los abogados Luis Samaniego Correa y Daniel Garcete plantearon la nulidad de la declaración indagatoria, y también piden al fiscal Deny Yoon Pak que evalúe la posibilidad de apartarse de la causa.

Igualmente, pidieron a la jueza que oficie a la Fiscalía General del Estado y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, para evaluar la actuación del fiscal Deny Yoon Pak de la causa, por las graves irregularidades, según sostiene.

Respecto a la declaración indagatoria realizada en el citado aeropuerto, tras llegar extraditada desde España, remarcan que se omitió informar a la imputada de su derecho consular (artículo 36 de la Convención de Viena), y la omisión de informar que contaba con 24 horas para designar un abogado defensor, tanto por el agente fiscal como por el defensor público designado.

Señalan que la citada Convención de Viena impone a toda autoridad, en este caso fiscal, juez o policía, la obligación de informar sin demora al detenido extranjero de su derecho a comunicarse con su consulado.

“Esa obligación no es facultativa ni recomendable: es norma de rango constitucional y convencional de cumplimiento estricto”, afirman los profesionales.

Explican que su incumplimiento vulnera el derecho al debido proceso y a la defensa técnica efectiva. “La falta de información sobre el derecho consular no solo constituye una infracción administrativa o diplomática, sino que, en casos como este, afecta directamente la validez del acto procesal realizado y lo vicia de nulidad absoluta”, argumentan.

Además, apuntan como un hecho agravante que luego de 57 días de detención, y tras la manifestación pública de la defensa en medios de prensa denunciando dicha omisión, la jueza dispuso la comunicación al Consulado del Uruguay.

Nulidad insanable

“Esta actuación extemporánea y reactiva no subsana la nulidad del acto ya consumado, y por el contrario, demuestra conocimiento previo del deber omitido y un intento tardío de corregir una falta procesal insalvable”, manifiestan.

“La nulidad de la declaración indagatoria no se corrige por una notificación consular tardía: el acto ya se encontraba viciado de nulidad ab initio (inválido desde su inicio) y el derecho de la defensa ya fue afectado de forma irreparable”, sostienen los abogados.

Acotan que la diferencia entre informar la prisión preventiva y cumplir con el deber consular, a más de que avisar tardíamente no subsana la nulidad.

Asimismo, denuncian que la jueza le nombró un defensor público sin consultarle sobre su voluntad ni darle oportunidad de comunicarse con su consulado o designar un abogado de confianza, a pesar de que su defendida no contaba con representación legal propia.

Lea más: Gianina García Troche ya está recluida en cárcel de Viñas Cué

Añaden que luego el Ministerio Público le tomó declaración indagatoria sin subsanar dicha omisión, sin notificarle el derecho consular y con la participación de un defensor impuesto.

La defensa afirma también que hubo omisión del plazo para designar defensor, que es de 24 horas, a más de la falta de tiempo razonable para la defensa, en un margen de apenas dos horas.

Asimismo, los abogados apuntan que la prisa y el contexto, en un aeropuerto, incrementan la presión psicológica sobre la imputada, poniendo en duda la voluntariedad y fiabilidad de cualquier declaración obtenida.

“Un interrogatorio en esas condiciones dificulta que surjan derechos de autodeterminación, esencial en la garantía contra la autoincriminación forzada”, afirman. Además, dicen que en las actas de indagatoria no consta que se le haya comunicado ese derecho.

Con todos estos argumentos, solicitan la nulidad absoluta de la declaración indagatoria y que se ordene la repetición inmediata del acto.

Finalmente, en otro escrito, señalan que hubo premura y un lugar impropio para la declaración indagatoria, a más de la omisión del aviso consular y remarcan la obligación ética y cumplimiento de la ley.

Con ello, dicen que “sin invocar formalmente causal de recusación y atendiendo a la gravedad de las irregularidades apuntadas, sugiero al fiscal Deny Yoon Pak evaluar la conveniencia de apartarse, por razones de ética y tutela del debido proceso de toda actuación futura en la presente causa, a fin de preservar la imparcialidad y la apariencia de neutralidad”.

Piden oficiar a la Fiscalía General del Estado y al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados para que adopten las medidas disciplinarias que correspondan, a más de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público.

Ahora, la jueza Rosarito Montanía deberá resolver la cuestión.

Más contenido de esta sección
El pasado 20 de julio se cumplieron dos décadas desde que el ex fiscal José Luis Silva presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema, contra la resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que lo destituyó el 8 de julio de 2005. Hasta hoy, el Máximo Tribunal ni siquiera integró sala para tratar el caso. Silva señaló que ya denunció la situación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Fiscalía expuso detalladamente en su acusación en contra del ex intendente de Lambaré, Armando Gómez, cómo idearon el plan por el que habrían logrado desviar millonarios montos diarios, anulando facturas. En total se hicieron 6.390 anulaciones, según reveló la investigación.
El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú concedió la libertad ambulatoria al ex juez de Paz de Recoleta Víctor Nilo Rodríguez Acosta, imputado por su presunta participación en un esquema irregular que habría perjudicado a miembros de la Asociación de Funcionarios del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP).
La defensa de Delvia María Karjallo de González, esposa de Ramón Mario González Daher, planteó recurso de reposición y pide la nulidad del fallo de la Sala Penal. Esto porque el magistrado José Waldir Servín, como camarista, había rechazado un recurso de la defensa, lo que fue apelado ante la Corte y, en esa máxima instancia, integró de nuevo la Sala Penal para confirmar su propia decisión.
Los padres de Sol Chávez, fallecida por intoxicación con flúor, María Edith Franco y José Chávez, se encadenaron frente al Palacio de Justicia para exigir al Tribunal de Apelación Penal que ratifique las condenas de cuatro años para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y de tres años para Sandra Hermosa.
El Tribunal de Apelación Especializado confirmó la condena del ex intendente de Nueva Colombia, Nelzo Ramón López Ruiz, y las penas de 3 años y 8 meses para el actual intendente de Paraguarí, Marcelo Ariel Simbrón Pinto, ambos de la Asociación Nacional Republicana (ANR), por lesión de confianza y administración en provecho propio. Es por un perjuicio patrimonial de G. 2.663.315.462.