El ministro Eugenio Jiménez reactivó la antigua propuesta al pleno de la Corte Suprema, teniendo en cuenta todas las sospechas de que existen sobre los títulos de abogados, luego del caso del senador Hernán Rivas.
El proyecto contempla modificar el artículo 89, de la citada ley, para agregarle un inciso c) en el que será requisito aprobar un examen de competencia a ser aplicado por la Corte para obtener la matrícula. Además, que el mismo será reglamentado por el Máximo Tribunal. Asimismo, también quiere modificar en el artículo 93, que señala que la Corte concederá o denegará la matrícula en un plazo de 10 días por resolución fundada y será pasible de un recurso de reconsideración.
Además, para evitar la retroactividad de la ley, se indica que el examen no será exigible para los que ya cuentan con matrícula. También, los abogados que a la fecha de la promulgación de la ley, no tienen matrícula tendrán 6 meses para solicitarla. Pasado el plazo deberán rendir para poder acceder a ella.
El proyecto será estudiado el próximo martes, para que en la sesión del próximo miércoles sea aprobada en la sesión plenaria para ser presentada al Congreso.
El ministro Víctor Ríos adelantó que se podría aclarar que no sean solo universidades, sino también institutos superiores que expidan títulos de abogacía.
El ministro César Garay, por su parte, habló de que debían poner el porcentaje mínimo, la cantidad de veces que deben rendir en el año, entre otras cosas, aunque Ríos opinó que esas cuestiones eran propias de la reglamentación.
Finalmente, el ministro Alberto Martínez Simón pidió una reunión el próximo martes para estudiar y consensuar la propuesta.
INFORMES. El presidente de la Corte, César Diesel, informó que el Consejo de Superintendencia solicitó informes al Ministerio de Educación, sobre las medidas tomadas con relación a la universidad en cuestión (Sudamericana), y los resultados.
En caso de haber resultados de las medidas, la Corte quiere saber los mismos, para poder realizar el control sobre los funcionarios y los abogados que son egresados de la citada casa de estudios. Por otro lado, tanto Ríos, como Manuel Ramírez Candia y César Garay, hablaron sobre los títulos de las universidades.
Ríos aclaró que la Corte no tenía potestad para el control de los títulos, ya que son controlados por el Ministerio de Educación, además del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), y en cuanto a la calidad de la educación, la Agencia Nacional de Acreditación y Evaluación de la Educación Superior (Aneaes).
Por su parte, Garay remarcó que el Código Civil le daba la categoría de instrumento público a los títulos expedidos por las universidades que son registradas en el MEC, por lo que la Corte no podía dudar de ellos, por imperio de la ley, de modo a que debían aceptarlos para la habilitación para ejercer la abogacía.
El ministro Ramírez Candia recordó que la cuestión era cuando los títulos tenían indicios de que eran documentos falsificados.