20 jul. 2025

Corte confirma que endodoncista debe ir a juicio por muerte de Thirza

La Sala Penal de la Corte rechazó la casación de la defensa del endodoncista Vicente Damián Cabrera Godoy, con lo que se confirma que debe ir a juicio oral por la muerte de Thirza Belén Portillo, la niña de 9 años que falleció en un tratamiento odontológico en noviembre del 2021.

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Víctima. Thirza Belén falleció por una supuesta negligencia médica cuando tenía 9 años.

Foto: Archivo ÚH.

Los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera declararon inadmisible el recurso extraordinario de casación en contra de la resolución del juez de garantías, Mirko Valinotti, quien elevó a juicio oral la causa contra Vicente Cabrera.

En el caso, además de Cabrera, están acusados la odontóloga Sandra Obertino y el anestesista Adrián García Servín, quienes deben ir a juicio oral, pero el mismo se pospuso para hacer un solo juzgamiento con el otro procesado.

El abogado Christian Tuma, por la defensa del procesado, había planteado recurso extraordinario de casación contra la resolución del 5 de mayo del 2025, dictada por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala.

Este fallo, a su vez, había ratificado la resolución del 12 de marzo de este año del juez Valinotti, quien había elevado el caso a juicio oral por presunto homicidio culposo de la niña. La defensa había reclamado el rechazo de la nulidad de la acusación y la elevación a juicio.

Lea más: Otro acusado irá a juicio en caso de Thirza

Sin embargo, dicen los ministros que la casación promovida no cumple con los requisitos legales, ya que no se halla dentro de las resoluciones que pueden ser atacadas por este recurso extraordinario.

“La presentación aducida no cumple las disposiciones de forma, dado que la resolución recurrida no es objetivamente impugnable por esta vía. La misma, al confirmar el rechazo del incidente de nulidad de la acusación y la elevación a juicio oral y público, no tiene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena, según lo preceptuado por el Art. 477 del CPP, sino todo lo contrario ordena su continuidad”, afirman.

De esta manera, declaran inadmisible el recurso promovido por la defensa. Con ello, se ratifica que el mismo debe ir a juicio oral.

El proceso penal

En el caso, la odontolóloga Sandra Obertino, el anestesista Adrián García y el endodoncista Vicente Cabrera habían sido imputados por el fiscal Aldo Cantero, el 11 de diciembre del 2021, por presuntos delitos de comercialización de medicamentos no autorizados y homicidio culposo.

El hecho se registró el 12 de noviembre del 2021 en la clínica odontológica Mommy Dent, en Loma Pytã de la capital, la que no se encontraba habilitada por el Ministerio de Salud para su funcionamiento.

La niña Thirza Portillo debía realizarse un tratamiento de conducto, por lo que le habrían aplicado la anestesia, con lo que la sedaron, pero ya no despertó.

La madre de la niña, Gloria Franco, había criticado a la entonces fiscala del caso, Esmilda Álvarez, por el pedido de sobreseimiento provisional que realizó en favor del acusado.

Cabrera Godoy había sido sobreseído provisionalmente el 6 de febrero del 2024. La Fiscalía pidió reabrir la causa, lo acusó y pidió juicio oral, lo que fue admitido por el juez Valinotti.

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