03 ago. 2025

Confirman la multa a Juan Vera por querella de Menchi

Juicio oral para Juan Vera, en querella de Menchi Barriocanal..jpg

Juicio oral. La sentencia dictada por la magistrada Mesalina Fernández fue confirmada.

El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, ratificó ayer la condena de 180 días de multa (G. 52.968.060) al activista Juan Vera Ibarra, por violar la intimidad de la periodista Mercedes Barriocanal por haber difundido su número telefónico para que sea escrachada.

Fue un fallo unánime de los camaristas Delio Vera, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez Faría, quien confirmó la resolución de la jueza Mesalina Fernández, dictada tras el juicio oral el 18 de mayo pasado.

La defensa de Juan Vera Ibarra, titular de la Asucop, apeló el fallo. Sostuvo que la resolución era nula porque estaba infundada, era incongruente, extensiva, arbitraria y fuera de lo solicitado. Remarca que no existe una conducta típica en el caso.

“Lo que se cuestiona es la total falta de razonabilidad de la sana crítica e interpretación extensiva en contra de nuestro defendido”, alega. Se pregunta si publicar el número de teléfono celular de las personas es un hecho punible, qué o cuáles son datos personales, y las consecuencias que trae.

Además, criticó que se haya dictado desde una perspectiva de género y de protección de la mujer. Remarca que no existe delito, que hay una laguna jurídica y que ante la duda, debía estarse a favor del procesado. Dice que la medición de la pena fue infundada, que hubo doble juzgamiento. Al final pide la nulidad o, en su caso, que sea revocado y que se realice un nuevo juicio oral.

Por su parte, el abogado Harry Biedermann, en representación de la comunicadora, solicitó ratificar el fallo en todas sus partes. Alegó que Juan Vera actuó de forma deliberada. Dice que la defensa hace un análisis sesgado de la acepción de violación de la intimidad.

Explica que la magistrada sí fundó la resolución, que hizo un análisis acabado de todos los puntos, y que sí se demostró que hubo hecho punible, con lo que solicita el rechazo de la apelación.

EL TRIBUNAL. El camarista Delio Vera fue preopinante en la causa. Señala que en el caso, acusan a Juan Vera que en noviembre del 2022, cuando se debatía la derogación de la ley de donación de la Unión Europea, la periodista dio su postura.

A raíz de ello, el acusado se reunió en su sede, donde decidieron que se difundiera un flyer con la foto y el número de teléfono de Menchi Barriocanal, con un mensaje que instaba a que se la repudie.

Remarca que la jueza hizo un acabado análisis de los testigos de cada parte, de lo que se consideró probado, y de la valoración que le dio a cada uno.

Además, explica que se realizó una valoración de los elementos del hecho punible con lo que concluye que sí hubo violación de la intimidad de la persona.

Vota por ratificar el fallo en todas sus partes. Sus colegas José Agustín Fernández y Bibiana Benítez se adhirieron con lo que ratificaron la condena al activista Juan Vera.

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