A primera vista, señala que la vigente Ley de la Función Pública no establece lineamientos específicos sobre la implementación de bonificaciones.
Considera que la única referencia explícita se encuentra en el artículo 36 referente al traslado a otro municipio, que prevé una bonificación equivalente a un mes de remuneración cuando el funcionario deba cambiar de residencia como consecuencia de un traslado que implique una distancia igual o superior a 50 km.
Sin embargo, Horizonte Positivo enfatiza que con la entrada en vigencia de la Ley Nº 7445/2025, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) pasa a ser la autoridad rectora en materia de política de remuneraciones para las instituciones comprendidas en el PGN.
Esta rectoría no implica la potestad de fijar directamente los salarios, pero sí habilita un rol clave en la organización y transparencia del esquema remunerativo.
CRITERIOS. En este contexto, señalan que la rectoría del MEF podría contribuir a ordenar el sistema de bonificaciones, especialmente en un escenario de restricciones fiscales o “economía de guerra”, donde cobra relevancia la necesidad de identificar y mitigar riesgos asociados a distorsiones salariales.
“Una línea de acción concreta sería establecer criterios claros y transparentes para la asignación de bonificaciones. Esto permitiría reducir la discrecionalidad derivada de reglamentos internos y avanzar hacia un sistema más coherente y trazable”, apuntó Hugo Cáceres, de la organización Horizonte Positivo.
Resalta que no debería existir una regla general que legitime bonificaciones automáticas. Justificaciones como la “responsabilidad del cargo” –por ejemplo, en el caso de un ordenador de gastos– o la antigüedad terminan perpetuando esquemas poco exigentes y difíciles de defender frente a la ciudadanía.
Indica que la bonificación solo es un problema cuando se desvincula del desempeño, ya que si no está atada a resultados concretos y medibles, deja de ser un incentivo y se convierte en un complemento salarial encubierto.
Recuerda que la propia Ley del PGN establece que las bonificaciones deben ser asignadas y abonadas en función de la disponibilidad financiera, lo que refuerza la necesidad de una gestión responsable y alineada con criterios de sostenibilidad fiscal.