12 dic. 2025

Confirman la exclusión de querella de los padres de Rodrigo Quintana

Se destraba el proceso contra el acusado Gustavo Florentín por la muerte del joven en la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA). El abogado dice que planteará recurso de casación.

27221245

Crimen. El cuerpo del joven Rodrigo Quintana yace en el piso, cuando un policía lo pisa.

archivo

Los padres del fallecido Rodrigo Quintana fueron excluidos como querellantes en la causa contra el suboficial Gustavo Florentín, acusado por el homicidio doloso del joven dirigente liberal.

Esto, porque el Tribunal de Apelación Penal ratificó el fallo que dispuso que la única querellante adhesiva sea la ex pareja de Quintana, Leticia Redes, en representación de su hija menor.

Fue fallo unánime de los camaristas Delio Vera, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez, quienes ratificaron la resolución dictada por la entonces jueza Hilda Benítez el 5 de noviembre del 2020.

La resolución había sido apelada por los abogados Guillermo Duarte Cacavelos y Santiago Lovera Velázquez, en representación de Fidelino Quintana Ruiz y Felicia Arrúa, padres de Rodrigo Quintana, quien había sido muerto en la madrugada del 1 de abril del año 2017 en la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA).

La jueza había hecho lugar a la excepción de falta de acción que promovieron los abogados Ana Mora y Óscar Ramírez, en representación de Leticia Redes, madre de la hija de Rodrigo Quintana, en contra de la querella de los padres de su ex pareja.

Según sostiene el apelante, Rodrigo Quintana solo tuvo una relación ocasional con Redes, de la que nació una hija. Alegó que el joven vivía con sus padres y no existió en ningún momento vínculo o afinidad con ella, más que el haber tenido una hija.

Así, remarca que la calidad de víctima la ostentan tanto los padres de Rodrigo como su hija y que estos no se excluyen entre sí, por lo que pueden coexistir, y no como resolvió la jueza que buscó la “única víctima”. Con ello, pide revocar el fallo de la magistrada.

La otra querellante adhesiva, y las defensas, señalan que según la ley, la ley usa la disyuntiva “o”, por lo que la calidad de víctima le corresponde al cónyuge, conviviente o al pariente, pero siempre el anterior excluye al posterior. Así, piden ratificar el fallo.

Los camaristas, al estudiar el caso, indican que el artículo 67 del Código Procesal Penal usa la disyuntiva “o” para discriminar las categorías, de lo cual se puede concluir que no podrían coexistir querellantes de distintas categorías. Es decir, el cónyuge y el conviviente al mismo tiempo, sino uno excluye al otro, o el cónyuge y parientes por consanguinidad, excluyendo el cónyuge a los parientes.

Con ello, apunta que los padres de Rodrigo Quintana, ascendentes de primer grado, son excluidos por la hija menor, descendiente en primer grado, representada por Leticia Redes, por lo que esta última es la que subsiste.

Con ello, ratifican la resolución de la jueza, aunque modifican las costas, que las aplican en el orden causado, por lo que cada uno deberá pagar a sus abogados.

El abogado Guillermo Duarte señaló que era una resolución prevaricadora, ya que en otro caso, el mismo Tribunal de Apelación reconoció como querellantes a los padres y a una hermana de la víctima fallecida.

Con ello, dijo que iba a plantear recurso extraordinario de casación por la contradicción que hubo.

Preliminar para el único acusado En la causa, el único acusado por la muerte del joven Rodrigo Quintana es el suboficial Gustavo Florentín, como el autor material del crimen. El hecho ocurrió en la madrugada del 1 de abril del 2017, tras las protestas del día anterior por la enmienda proreelección del entonces presidente Horacio Cartes. El procesado aún no puede tener una audiencia preliminar hasta la fecha. Hay pedidos de sobreseimiento y otros que fueron a juicio oral, pero no por el homicidio doloso investigado.

Más contenido de esta sección
El congresista Rafael Filizzola denuncia cupo ilegal que afecta a mujeres y varias irregularidades en el examen de admisión a la academia policial. Pide que se anule todo y que se cumpla con la Constitución.
El Juzgado de Coronel Oviedo confirmó que el padre del adolescente –presunto feminicida– de María Fernanda, continuará en prisión preventiva. Su defensa habla que ya compurgó la pena mínima, pero la Fiscalía habla de concurso de delitos y que existe peligro de fuga. El hombre continuará recluido en la Penitenciaría Padre de la Vega de Emboscada.
La jueza Teresita Cazal de Ciudad del Este desestimó una causa en contra del ex intendente Miguel Prieto, quien había sido denunciado por Celso Miranda por supuesta manipulación del dinero para la compra de pozos artesianos. Sin embargo, tras cinco años de investigación, los fiscales del caso y la fiscala adjunta Soledad Machuca ratificaron que “no existieron los hechos”.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por unanimidad decidió iniciar de oficio una investigación preliminar contra la fiscala especializada en Violencia Intrafamiliar Fátima Villasboa y el juez Mirko Valinotti, por haber pedido y desestimado la denuncia por violencia en contra de Axel Emilio Rolón, hijo del fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández.