Los alumnos de un colegio de Loreto, Departamento de Concepción, desfilaron con uniformes militares, por lo que la Dirección de Comunicación Social del Comando de las Fuerzas Militares recordó en un comunicado emitido este jueves que solamente el personal militar puede hacerlo.
Señalaron que el uso de uniformes, distintivos, insignias y emblemas de las Fuerzas Armadas de la Nación fue establecido por la Ley 1115/97. Igualmente, indicaron que la Ley 5471/15 establece sanciones por la fabricación y uso de uniformes del personal de la Fuerza Pública.
En ese sentido, el documento explicó que el artículo 5 estableció que el uso de prendas con camuflajes, cuyas texturas, diseño y tonalidades sean iguales a los de los usados por los miembros de la Fuerza Pública será castigado con multa de 10 a 100 jornales mínimos.
Además, de acuerdo con el artículo 7, el personal militar podrá aprehender a los que incurran en ese hecho.