Política
Alternativa a Ley Antichicanas plantea que recusaciones paren prescripción
La propuesta será analizada por la Comisión de Legislación del Senado y, a la par, todavía esperan respuesta de la Corte, para saber si modifican o ratifican el proyecto de ley planteado en el 2020.
El abogado Enrique Kronawetter, actual representante del Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura, presentó en setiembre del año pasado una propuesta alternativa al proyecto de Ley Antichicanas que planteó la Corte Suprema de Justicia. Propone que se introduzca al Código Procesal Penal (CPP) que las recusaciones suspendan el plazo de la prescripción.
Este proyecto alternativo entró como una propuesta para combatir la morosidad judicial, al cual se adhirió la Comisión Nacional de Reforma del Sistema Penal y Penitenciario (Conarep) y ya el Senado lo acogió también como un planteamiento a ser analizado por la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.
El abogado creyó viable reformular algunas disposiciones del proyecto de la Corte para resolver la preocupación por el abuso de dilaciones.
Propuso que, como es una garantía constitucional el derecho de abogar por jueces imparciales e independientes, entonces se mantendrá la posibilidad de recusar como está en la ley, pero planteó que esto suspenda el cómputo del plazo de prescripción y de la duración máxima del procedimiento en materia penal.
El párrafo que se integraría al artículo 346 del CPP, que dice: “Excepto el caso del artículo 365 de este código, la promoción de una recusación suspenderá el cómputo del plazo del procedimiento y de la prescripción, el que correrá nuevamente una vez que la resolución que resuelva sobre la misma haya quedado firme y continúe efectivamente el procedimiento en la etapa que se encuentre”.
El especialista en Derecho sostiene que plazos fijos “denota una ausencia esencial de la naturaleza del proceso penal”, porque recién en la etapa intermedia y en la etapa del juicio vienen las chicanas de los acusados, para evitar que continúe la causa.
DE LA CORTE. La propuesta alternativa surge ya que la normativa que propone la Corte –la famosa Ley Antichicanas–, de limitar las recusaciones “está redactada a instancia de un proceso civil… ajeno a las exigencias –en materia penal– a derechos procesales que deben plasmarse en un juicio público… y, por ende, incompatible, por donde se mire, con el Código Procesal Penal”.
Esa propuesta del ministro Alberto Martínez Simón “hace hincapié en la conducta obstruccionista de los litigantes y la demora de procesos que terminan por colapsar el sistema y hasta provocar la impunidad de conductas que se podrían cumplir, juzgar y eventualmente sancionar”.
El proyecto del ministro –presentado en el 2020 al Congreso– sumó ya una serie de cuestionamientos y desde el Congreso pidieron a la máxima instancia iudicial que se modifique o se ratifique.
Sin embargo, todavía no hay respuesta de la Corte.
El ministro propuso multas de hasta 100 jornales para las recusaciones extemporáneas o inadmisibles y de hasta 50 jornales, para recusaciones improcedentes, tanto a las partes como al abogado. También prevé suspensión en el ejercicio de la profesión por 6 meses.
Prescribió y no definen culpas
El presunto desvío de los G. 3.700 millones que pertenecían al Ministerio de Agricultura y donde estaban procesados los ex ministros Enzo Cardozo y Rody Godoy y otras 11 personas más mostró cómo se pudo alargar la causa hasta prescribirla, a través de los recursos presentados y la mora judicial.
En el caso no hubo sanciones, pese a que no se admitió ninguno de los recursos presentados a lo largo de los 7 años que se intentó hacer la audiencia preliminar, la cual se suspendió en 11 ocasiones.
También hubo acciones que la Corte resolvió después de 2 y 4 años.
Con su propuesta alternativa, el abogado Kronawetter explica que “no se puede tirar toda la responsabilidad en el ejercicio profesional, como si los magistrados resultan indemnes a este fenómeno”.
Sostuvo que esto es “una visión sesgada y hasta facciosa del Poder Judicial, respecto al problema de la mora judicial”, por lo que dijo que, si se pretende atacarla, “la mejor manera es suspenderle los plazos por la promoción de una recusación”.
De esta manera, este recurso se usaría solo como garantía constitucional y no como aliado para dilatar un proceso.
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