04 may. 2024

Agresores usarán pulsera electrónica

El Ejecutivo promulgó ayer la Ley 6568, por la cual se modifica el Artículo 2° de la Ley N° 1600/2000 “Contra la Violencia Doméstica”.

Con la nueva ley se incorpora el sistema de dispositivos electrónicos como medida de protección de las víctimas de violencia doméstica.

De acuerdo a la modificación introducida a esta normativa, un juez de paz impondrá la obligación del uso de un Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control (pulsera o tobillera electrónica).

Con ello se logrará la ubicación exacta del agresor a fin de realizar un seguimiento y control normal del cumplimiento de las medidas de protección, tales como prohibición de acercamiento a la víctima, su domicilio o su lugar de trabajo, en casos de alto riesgo.

La ley añade que esta modificación tiene por objetivo proteger la vida e integridad física de la víctima; además de establecer la inmediata intervención policial y la utilización de los medios disponibles para la atención de situaciones de alto riesgo.

Fatal. La experiencia señala que cuando un juez ordena la exclusión del hogar, al agresor, o la prohibición de estar a menos de 500 metros de la víctima, esto se cumple en forma temporal, pero paulatinamente el agresor inicia nuevamente un acercamiento hacia su víctima.

Muchos de éstos casos tuvieron derivación fatal.

Con la nueva norma de protección se evitará que el agresor tenga nuevamente contacto con su víctima.

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