El caso se registró entre la tarde y noche del este domingo, cuando el abogado David Benítez se constituyó, con la resolución de una jueza, en el Penal de Itapúa, ubicado en el distrito de Cambyretá, para sacar a su cliente, que estaba recluido en el lugar.
Sin embargo, el profesional del Derecho se encontró con la situación de que uno de los funcionarios, aparentemente, se negó a constituirse en el lugar para hacer efectiva la libertad del hombre.
El letrado lamentó que desde el penal se desobedezca una orden judicial, teniendo como único argumento que era un domingo de noche. Denunció que esto constituye un hecho de privación ilegítima de libertad de su defendido.
Benítez manifestó que la jueza Zulma Beatriz Luna firmó la libertad de Carlos De Los Santos Martínez, alias Santo, recluido en el Penal de Itapúa por un caso de violencia familiar, a quien la jueza de la causa decidió otorgarle medidas alternativas a la prisión.
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Ante el pedido del imputado de ser beneficiado con la libertad a fin de poder trabajar y mantener a sus dos hijas, consentimiento de por medio de la denunciante, fue beneficiado con dicha medida.
La magistrada resolvió hacer lugar a la revisión de la medida cautelar solicitada por la defensa y, en consecuencia, ordenó la imposición de medidas sustitutivas a la prisión preventiva del imputado Carlos De Los Santos Martínez Brítez, de 35 años.
Entre las medidas está la prohibición de acercarse a la víctima, Estelvina Benítez, no consumir bebidas alcohólicas, no cambiar de domicilio sin avisar al Juzgado y comparecer ante la Justicia del 1 al 5 de cada mes.
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Benítez sostuvo que el funcionario se expone a una demanda por privación ilegítima de libertad de una persona. “No pueden negarse a cumplir una orden judicial por el sencillo hecho de que es domingo y que ya era de noche. Es una pena que esto ocurra en nuestro sistema judicial”, agregó.
Indicó que, cuando existe una orden judicial, tanto la Policía, la Penitenciaria o la institución que sea, deben hacer cumplir de inmediato esa misiva, que en este caso no pudo ser ejecutada. Responsabilizó al funcionario de cualquier cosa que pudiera sufrir su defendido dentro del penal.