El abogado Rodolfo Mendoza compartió en las redes sociales un video donde cuestiona a un oficial de la Patrulla Caminera sobre un procedimiento ilegal.
En el video se ve como el abogado aludió a la Ley 5.016 y cuestionó al uniformado acerca del control ya que no estaba en infracción. El oficial mencionó que tenía la intención de comprobar si toda la documentación del conductor estaba al día, a lo que Mendoza recalcó que el procedimiento era ilegal por presumir infracción.
“Yo te digo por qué nosotros estamos atajando mucho los vehículos. Para revisar si tiene o no infracción, porque hay muchas personas que no cumplen nuestra ley de tránsito, andan sin el cinturón, la licencia de conducir vencida, etc”, manifestó en otro momento el oficial.
El abogado entonces cuestionó si el control refiere a la prevención y el oficial mencionó que se trataba de “prevención y sanción”.
El abogado entonces preguntó si la prevención no puede ser realizada a través de campañas publicitarias y el oficial contestó “ya se hizo todo en su tiempo, señor, muchas veces”.
“Yo lo que vengo a decirte que le digas a tu jefe, que por favor no me pare más si no estoy en infracción porque la próxima vez que me paran voy a tener que denunciar en la Fiscalía”, mencionó el abogado al oficial, quien contestó que “cada uno pues tiene su forma de pensar, yo también y vos tenés tu forma de pensar”.
“Eso está mal, la constitución no se hace de esa manera”, recalcó el abogado.
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En diálogo con Última Hora, Mendoza, mencionó que viaja constantemente y llega a ser parado hasta cinco veces durante cada viaje, tanto por la Patrulla Caminera como por la Policía Nacional.
“Vos prácticamente circulás como si fueras un terrorista por la República del Paraguay. Es un acoso constante que ningún ciudadano se merece”, reprochó.
El profesional de las leyes aludió a las barreras y señaló que el reglamento de tránsito interno de la Patrulla Caminera habla de “en caso de infracción” mientras que la ley 5.016 se refiere a que es aplicable a los infractores. “El Código Penal es para los que trasgreden la ley, a mí no se me puede aplicar el Código Penal mientras no transgreda la ley”, manifestó.
Asimismo, mencionó que la Ley 5.016 debe aplicarse en dos circunstancias, una de ellas, para que el maneja incorrectamente. “Eso también está previsto en el Código Penal, la exposición al peligro en el tránsito terrestre, en el 217”, agregó Mendoza.
“En la ley orgánica de transito se habla del manejo incorrecto, entonces si yo vengo manejando incorrecto y un policía ve, eso me puede parar porque represento un peligro para terceros”, explicó.
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El segundo caso sería cuando existe una infracción evidente, como tener la luz apagada, etc.
El abogado afirmó que se utiliza de manera perversa la ley, que los agentes paran a los conductores y le exigen ver el registro, amparados en el artículo 50 de la ley 5.016 de la “Obligación de presentación de la documentación”, y que si uno no exhibe el registro comete una falta grave.
“Si por desgracia, llego a ser parte de un procedimiento de hecho de tránsito, donde salga lesionado un tercero y se comprueba que yo realmente estoy en falta, eso sí sería no solo un agravante sino que también podría tener consecuencias penales”, ejemplificó el abogado.
Mendoza manifestó que “hay que tratarle al ciudadano como un ser humano” que debe transitar de manera libre y que la patrulla caminera tergiversa la supuesta intención de prevención.
Multa
El abogado consideró que uno de los principales problemas en torno a las barreras refiere a las altas multas.
Mendoza planteó a modo de ejemplo una situación en la que un chofer que recibe salario mínimo y es padre de tres hijos, con un auto vía Chile, se olvida de encender las luces luego de salir de una estación de servicio y recibe una multa por eso de cerca de G. 900.000. “¿Coimeo o le saco la comida a mis hijos?”, cuestionó.
“El sistema es perverso, se le utiliza a los legisladores para hacer multas muy elevadas. Tenemos muy altos costos de registro, entonces, ¿Cómo podemos andar en legalidad?, estoy hablando del común trabajador, que tiene un sueldo mínimo. No puede acceder a la legalidad ni puede pagar una multa entonces le están constriñendo a coimear”, consideró el abogado.
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“La problemática del país precisamente y la irregularidad no es culpa del ciudadano, es culpa de las altas multas que es imposible que un ciudadano común pueda cumplir cuando está en falta”, expresó.
Como una posible solución a esta situación, Mendoza plantea que las multas tengan un monto menor, de G. 100.000 a G. 150.000 y que incluso pueda ser de cobro inmediato.
“Puedo asegurar que el ciudadano va a pagar esa multa con gusto y esa plata vas a ver que se va a recaudar tres veces más de lo que se está recaudando bajo supuestas infracciones”, acotó.