16 may. 2024

Tres ministros se inhiben de acción de disidentes de ANR

Los tres ministros de la Sala Constitucional de la Corte se inhibieron de la acción planteada por los colorados disidentes en contra del mandato imperativo de la Junta de Gobierno de la Asociación Nacional Republicana (ANR).

Maniobra.  El abogado Juan Ernesto Villamayor y su equipo, quienes presentaron la acción de los   disidentes de la ANR.

Maniobra. El abogado Juan Ernesto Villamayor y su equipo, quienes presentaron la acción de los disidentes de la ANR.

Los ministros Antonio Fretes, Miryam Peña y Gladys Bareiro de Módica alegaron amistad (una) y enemistad (otro) con el abogado Juan Ernesto Villamayor, para apartarse de la acción planteada por los legisladores.

De esta manera, la Sala Constitucional deberá integrarse antes para poder estudiar la acción planteada por los senadores, diputados y miembros del Parlasur que promovieron la acción.

Primero deberá conformarse con los ministros de las otras salas: José Raúl Torres, Miguel Óscar Bajac, César Garay, Alicia Pucheta, Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera.

Si los mismos no aceptan o no se puede completar la integración, el expediente deberá integrarse con los camaristas de la capital, pasando por cada uno de los fueros.

Los mismos deben estudiar la acción, ya que existe un pedido de suspensión de los efectos de las resoluciones atacadas, si dan o no trámite a la acción, o en su caso, el rechazo in límine de la presentación.

la acción. La presentación fue hecha por 8 senadores, 8 diputados y 3 del Parlasur, todos de la disidencia.

Atacan cuatro resoluciones del 29 de octubre pasado dictadas por la convención ordinaria de la ANR. La primera, donde le dan voto de confianza al presidente Horacio Cartes, por el tema de la reelección, y de establecer como mandato apoyar proyectos del Poder Ejecutivo.

También sobre los mandatos para elegir contralor, subcontralor, defensor del Pueblo y defensor del Pueblo adjunto. Además, sobre la intervención de la Comuna de Lambaré, y la última, donde otorgan la orden a los diputados para la designación de las citadas autoridades.

Los accionantes dicen que los mandatos imperativos están prohibidos, que los estatutos partidarios no facultan a ninguna de las convenciones otorgar ningún tipo de mandato, entre otras cosas.

Los legisladores en su acción piden la suspensión de los efectos de las citadas resoluciones, ya que establecen mandatos para todos sus legisladores, con sanciones en caso de incumplimiento.

Con la inhibición, el caso sigue trabado para su estudio. No se descarta que existan más inhibiciones, teniendo en cuenta el juicio político de tres ministros de la Corte.

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