Citó incluso las funciones de la Sala Constitucional, que son dos y en las que no figuraba este punto.
“Son deberes y atribuciones conocer y resolver sobre inconstitucionalidad de leyes y otros instrumentos normativos, declarando inaplicabilidad en cada caso concreto, y el fallo que tendrá relación en el caso”, precisó el legislador.
“Son dos funciones que tiene la Sala Constitucional, no tiene otra”, insistió, recordando incluso artículos del Código Procesal Civil.
Habló del ordenamiento jurídico que está previsto, pero que todos saben que aún cuando exista una ley, ninguna puede otorgar prerrogativas por encima de la Constitución.
“No cabe que la Corte se pronuncie sobre la certeza constitucional”, reiteró.
Luego remarcó que el código que está vigente es anterior a la actual Carta Magna, y que en la Constitución anterior incluso figuraba que se podía disolver el Congreso.
Existe una polémica en torno a la certeza constitucional, ya que en un principio se manejaba la información de que el senador Fernando Lugo iba a recurrir en esa posibilidad, y poder competir en las presidenciales del 2018.
Cabe recordar que la certeza es uno de los argumentos dentro del marco del juicio político a varios ministros de la Corte que hasta el momento siguen pendientes en la Cámara Alta, y aún no hay números para que continúen.
Son tres los enjuiciados Sindulfo Blanco, Óscar Bajac y César Garay, pero ni siquiera se pudo dar continuidad al del primero y sus abogados siguen sin poder ejercer la defensa.