El fallo del TSJE publicado este sábado resuelve no hacer lugar a los recursos de nulidad de las candidaturas de Cartes y Duarte Frutos. Además de confirmar la sentencia del Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, que también habilitó a los candidatos de seguir en carrera.
De esa manera se rechazó la apelación del fallo resuelto en primera instancia encarada por el Partido Democrático Progresista (PDP) y el Partido Revolucionario Febrerista (PRF). El último fallo será dado por la Corte Suprema de Justicia.
Los partidos opositores habían apelado la resolución ante el TSJE, sin embargo, manifestaron desconfianza contra los ministros del máximo organismo electoral, Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka, razón por la cual también dieron trámite a una recusación de los mismos.
Esto, al entender que las candidaturas se oponen a lo establecido en los artículos 189 y 237 de la Constitución Nacional, que en esos puntos define los papeles de los presidentes, vicepresidentes y expresidentes, que en este último caso pasan a ser senadores vitalicios una vez terminado su mandato.
El fallo fue dado de manera dividida ya que la ministra María Wapenka dio su voto en disidencia contrariamente a sus colegas Jaime Bestard y Alberto Ramírez Zambonini, los cuales argumentaron que el artículo 197 señala que “no se prohíbe expresamente a los ex presidentes de la República su postulación a cargos en el Congreso. Se invoca el principio de legalidad administrativa para exigir la necesidad de que la postulación de los ex presidentes al cargo de senador esté expresamente autorizada”.