“A los asegurados del IPS se les concede el amparo porque necesitan de tratamientos médicos para vivir”, comentó el magistrado.
Indicó que se solicita un amparo cuando el nosocomio no le da una cobertura necesaria para poder sostener un tratamiento que le lleve a mantenerse con vida, por lo que en esas condiciones siempre se otorga la garantía.
Por otra parte, explicó que el jueves pasado rechazó el amparo planteado por dos asegurados, porque en ningún momento se acreditaban las condiciones de una omisión ilegítima por parte del centro asistencial. Es decir, los mismos querían medicamentos, pero IPS no les negó.
Finalmente, expresó que no generan costas a ninguna de las partes.